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Un año y seis meses de prisión condicional por el robo simple en dos hechos que concursan entre sí

Un año y seis meses de prisión condicional por el  robo simple en dos hechos que concursan entre sí

El 7 de julio se registró una condena (que se dio a conocer ayer) contra una persona identificada como Sergio Agustín Ramírez de un año y seis meses de prisión condicional por el delito de robo simple en dos hechos que concursan realmente entre sí.


Esta condena es el resultado de la audiencia de juicio abreviado alcanzado en el legajo número 4.632/19 y la audiencia fue presidida por el juez de Garantías y Transición Nº 1, Tobías Podestá.

Representando al Ministerio Público Fiscal, intervino el Fiscal Auxiliar con asiento en la localidad de Villa Paranacito, Gastón Popelka, y por parte de la defensa técnica, asistió el abogado Eduardo Sánchez Elgue.

Como el fiscal y el abogado defensor –con el acuerdo del imputado- renunciaron a los plazos de impugnación, la sentencia quedó firme.

El imputado tiene domicilio en localidad de Holt Ibicuy, y es conocido bajo el alias “Mono”, soltero, de 22 años.

En cuanto a los hechos, reconoció (Legajo Nº 4631/19) que el 2 de noviembre del año pasado, en un horario que no se puede determinar con exactitud, pero en horas aproximadas a las 6, Ramírez se apoderó ilegítimamente, ejerciendo fuerza en las cosas, de seis parlantes, marca Pionner, un matafuego, y una caja con herramientas varias.

Para ello, Ramírez rompió la luneta trasera de un vehículo marca Volkswagen, modelo Gol, de color blanco, que se encontraba estacionado en calle Hipólito Rivero al 1.000 de Ibicuy, propiedad de la víctima, y se apoderó de los elementos antes descriptos, que se encontraban en el interior del rodado.

El hallazgo de esos elementos que guardan íntima relación con los denunciados, se produjo el 2 de noviembre de 2019, en el interior de la vivienda del imputado, en el marco de un allanamiento realizado por el oficial de Policía Nicolás Yonas, y que fue autorizado por el juez de Garantías y Transición Nº 2 de Gualeguaychú, Ignacio Telenta.

También admitió de acuerdo al Legajo Nº 4.632/19, lo siguiente: que el 2 de noviembre del año pasado, alrededor de las 10, en el frente de la casa de la víctima, ubicada en Ibicuy, desapoderó ilegítimamente, ejerciendo violencia en la persona, la suma de 700 pesos. Que las circunstancias que rodean este hecho, son que el día y en el lugar referenciado, la víctima se encontraba barriendo la vereda de su casa, cuando se le aproximó Ramírez, sujetándolo fuertemente de los brazos y arrinconándolo contra la pared. En ese momento, le sustrajo del bolsillo del pantalón la suma de 700 pesos, y al intervenir una vecina, Ramírez salió corriendo.

La significación jurídica propuesta por el Ministerio Público Fiscal fue la de robo simple (dos hechos) los que concursan realmente entre sí, y que le fueron atribuidos a Ramírez en calidad de autor.

A su vez, el imputado admitió junto con su defensor su responsabilidad en los hechos endilgados.

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