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Diario El Argentinojueves 25 de abril de 2024
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Causa Sidecreer: Canosa presentó un recurso de queja ante el STJ

Causa Sidecreer: Canosa  presentó un  recurso de queja  ante el STJ

El ex presidente de Sistema de Crédito Entre Ríos (Sidecreer), Juan José Canosa, acudió con un recurso de queja al Superior Tribunal de Justicia (STJ), disconforme con un fallo de la Cámara de Casación Penal que confirmó una condena en su contra y le denegó un recurso extraordinario ante la máxima instancia.


Canosa fue hallado culpable del delito de negociaciones incompatibles de la función pública al beneficiar a empresas ligadas a familiares y a amigos en las contrataciones que hizo durante su gestión al frente de Sidecreer, entre 2007 y 2015.

En un fallo unánime del 12 de septiembre de 2018, la Justicia condenó al ex titular de Sidecreer a la pena de tres años de cumplimiento condicional, más la inhabilitación especial perpetua para ejercer cargos públicos. La Fiscalía había pedido cinco años y seis meses de prisión de cumplimiento efectivo.

El tribunal dio por probado el rango de funcionario público de Canosa mientras estuvo al frente de Sidecreer, una característica que el ahora condenado negó de modo cerrado, y que la empresa, aun cuando está regulada por la legislación comercial privada, es una empresa con base estatal ya que sus dos socios son el Instituto de Ayuda Financiera a la Acción Social (Iafa) y el Instituto Autárquico Provincial del Seguro de Entre Ríos (Iapser). En ese carácter, se le pudo achacar el delito de negociaciones incompatibles con la función pública, consignó el portal Entre Ríos Ahora.

Los abogados defensores de Canosa, Raúl Barrandeguy y José Candelario Pérez, interpusieron una impugnación extraordinaria contra la sentencia dictada por la Cámara de Casación Penal el 12 de diciembre de 2019 que resolvió rechazar el recurso de casación interpuesto y así confirmó el fallo de primera instancia dictado el 18 de octubre de 2018 por el Tribunal de Juicios y Apelaciones.

Los defensores denunciaron “vicios de fundamentación” en la sentencia y que la imputación no fue practicada en el juicio tal como lo exige el rito, que los fiscales en su alegato de clausura se movieron en un plano de ambigüedad y que el Tribunal de Juicio no acertó en ponderar correctamente. Además, que nunca se le imputó a Canosa la acción material de interesarse y que tal deficiencia es relevante por cuanto no solo afectó el derecho de defensa de su asistido, sino que además el hecho típico no fue atribuido, ni mucho menos probado.

Así las cosas, ahora la suerte de Canosa en la Justicia está depositada en lo que pueda resolver la Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia (STJ), instancia a la que llegó con un recurso de queja, luego de dos pronunciamientos en contra.

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