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Diario El Argentinojueves 18 de abril de 2024
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Condenaron a una mujer por enviar marihuana y absolvieron al receptor

Condenaron a una mujer por enviar marihuana y absolvieron al receptor

La remitente de la encomienda de marihuana recibió cuatro años de prisión. El juez dijo que la conducta del receptor de la droga no se corresponde al delito imputado.


Desde hace varios años los narcotraficantes han optado cada vez más por enviar drogas por encomiendas desde los lugares cercanos a donde se produce hacia los grandes centros urbanos de venta y consumo.

 

No obstante, cada vez hay más casos en los que se logra detectar a las personas remitentes de los cargamentos, así como a los destinatarios. Un hecho de 2018, por tres bultos repletos de droga detectado en Entre Ríos, se resolvió recientemente en un juicio abreviado con una curiosidad: ambas personas acordaron ser condenadas, pero finalmente solo sentenciaron a la mujer de Misiones que envió la encomienda con marihuana. El hombre de Buenos Aires que iba a recibirla fue absuelto porque ya habían sacado la droga de las cajas, entonces su conducta no se correspondió con el delito que le imputaron.

En noviembre de 2016 el Congreso de la Nación dictó una ley que otorga facultades a la Justicia para intervenir en determinadas circunstancias de delitos complejos, como la mencionada. Entre otras cosas, habilitó lo que se denomina “entrega vigilada” de las remesas ilícitas detectadas: es decir se permite su circulación por el territorio con el fin de dar con los responsables. Así han sucedido numerosos procedimientos por encomiendas narcos detectadas en Entre Ríos, sobre todo en el corredor de la Autovía Gervasio Artigas (Ruta Nacional N° 14), y se multiplicaron las causas federales.

Tal es el caso mencionado, ocurrido el 18 de octubre de 2018, cuando personal del Grupo de Seguridad Vial del Escuadrón 6 Concepción del Uruguay de Gendarmería, en el kilómetro 124,5 de la Ruta Nacional 14, en el Departamento Uruguay, controló un colectivo de la empresa Crucero del Norte, proveniente de Puerto Iguazú (Misiones) con destino a Liniers (Buenos Aires), consignó el diario Uno de Paraná.

Los gendarmes Advirtieron que tres bultos tenían un peso que no coincidía con sus dimensiones. Llamaron al perro Tobías que reaccionó indicando la existencia de estupefacientes en las encomiendas. Como remitente figuraba S.V. y como destinatario M.E.M. En el interior de cada caja había una aspiradora, dentro de las cuales se hallaban 44,2 kilos de marihuana, distribuidos en 62 paquetes.

Secuestraron la droga y dejaron seguir las cajas hacia destino. Al día siguiente, en la terminal de ómnibus de Liniers, arrestaron a M.E.M. cuando se presentó a retirarlas. Como resultado de las tareas de inteligencia, más de un año después, el 12 de diciembre de 2019, fue detenida S.V. en Misiones.

Ambos fueron procesados por transporte de estupefacientes y los enviaron a juicio. Prefirieron acordar con la Fiscalía confesar y aceptar la pena mínima para ese delito, de cuatro años de prisión. El acuerdo fue presentado al Tribunal Oral Federal de Concepción del Uruguay, presidido por Roberto López Arango.

El juez analizó las evidencias del expediente y decidió homologar parcialmente el acuerdo. Condenó, tal como lo pactado entre las partes, a la mujer misionera que había hecho en envío, por no existir dudas de su acción y la intención que tuvo en el hecho. Pero, el juez no consideró lo mismo respecto al receptor de la droga.

“En el caso no se cumplió con el protocolo porque se interceptó el envío, pero se lo sustrajo del recorrido, conforme surge del acta de procedimiento”, planteó López Arango, y agregó: “El imputado fue detenido por la Fuerza de Gendarmería cuando se apersonó a retirar la encomienda, pero de ningún modo iba a tener acceso al material porque no estaba en el lugar”.

“Considero que corresponde la absolución de M.E.M. por el delito que se le imputara”, planteó el juez, ya que “la conducta enjuiciada atribuida al encausado no encuadra en una figura penal, dada su patente atipicidad en relación al delito enrostrado y su irrelevancia jurídico-penal”.

De este modo, el hombre quedó libre después de estar alojado en la Unidad Penal 2 de Gualeguaychú durante casi dos años.

 

 

 

 

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