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Diario El Argentinojueves 18 de abril de 2024
Policiales

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Con las dos últimas condenas se registró la número 36 en materia de violencia de género

Con las dos últimas condenas se registró la número 36 en materia de violencia de género

En la jurisdicción se registró la condena número 36 en lo que va del año por violencia de género.


El 30 de noviembre pasado se condenó a Silvio Javier Crespien (de 54 años, con domicilio en Holt Ibicuy y sin antecedentes penales), a la pena de un año y seis meses de prisión ejecución condicional y multa de mil pesos, por los delitos de uso de arma de fuego y tenencia ilegítima de arma de fuego.

 

Crespien admitió su responsabilidad en los hechos imputados, y el fiscal Gastón Popelka como el defensor Eduardo Sánchez Elgue, renunciaron a los plazos de impugnación, la sentencia firmada por el juez Tobías Podestá quedó firme.

El 9 de diciembre de 2018, siendo aproximadamente la 1 de la mañana, en la puerta de la casa de la víctima, ubicada en calle Puerto Ibicuy sin número de la localidad de Holt Ibicuy, Crespien la amenazó con un arma de fuego.

Las circunstancias del hecho se producen cuando la mujer salió de su casa a arreglar un foco que tiene en el frente, ya que tiene un kiosco en ese lugar, y estando fuera de la vivienda, se percató de la presencia de su ex pareja, quien le apareció desde un costado todo oscuro, y tenía un arma de fuego en las manos, la que fue descripta como rifle calibre 22 y sin autorización legal para tenerla.

La víctima se asustó y entró a su casa, trabó la puerta y comenzó a escuchar golpes y gritos que provenían desde el exterior, donde Crespien le dice que la va a matar y que la va a prender fuego, causándole un estado de alarma y temor, todo esto por cinco minutos aproximadamente.

A Crespien además de le impusieron reglas de conductas por el término de dos años, entre las que se encuentran la realización de un curso sobre la temática violencia de género, a dictarse por la Municipalidad de Ibicuy u otro organismo o ente público o privado, debiendo el mismo o su abogado defensor, acreditar su cumplimiento. Además de prohibición de ejercer actos molestos o pertubatorios y/o cualquier otro acto de violencia psíquica y/o física para con la denunciante.

También se ordenó el decomiso del rifle calibre 22, culata de madera color claro, el cual deberá ser destruido por el ANMAC, conforme lo regulado por el Superior Tribunal de Justicia en el Acuerdo General Nº 21 (punto 2) del 8 de agosto de 2017.

Para que se tenga por “no pronunciada” su condena, Crespien no deberá cometer delitos por cuatro años. Si cometen un nuevo delito, cumplirá los 18 meses de prisión de manera efectiva, más el tiempo que se fije por el nuevo hecho, según el Artículo 28 del Código Penal.

 

Otra condena por violencia de género

 

El 1° de diciembre fue condenado José Daniel Bello (de 25 años, con domicilio en Holt Ibicuy y sin antecedentes), a la pena de un año y tres meses de prisión de ejecución condicional, por los delitos de lesiones leves agravadas por el vínculo y por violencia de género, hurto agravado por escalamiento y robo simple en grado de tentativa.

Bello admitió su responsabilidad en los hechos imputados, y tanto el fiscal Gastón Popelka como el defensor Eduardo Sánchez Elgue renunciaron a los plazos de impugnación, la sentencia firmada por el juez Tobías Podestá quedó firme.

El 3 de julio de 2019, alrededor de las 21:30, se hizo presente en el domicilio de la hermana de su expareja, ubicado en bulevar 17 de Octubre sin número de Holt Ibicuy, y cuando salió de la casa su expareja y le pidió que se vaya, Bello la agarró de la ropa, le rompió el buzo que vestía, luego la empujó, la hizo caer al suelo, y estando en el piso le propinó patadas en el cuerpo y en la cabeza, provocándole politraumatismos leves varios, para finalmente apoyarle un cigarrillo prendido en la boca, a la altura del labio inferior, quemándola.

El segundo hecho, se registró el 23 de marzo pasado, alrededor de las 23:26, oportunidad en la que se apoderó ilegítimamente de una garrafa de 10 kilos con carga y un paquete de seis jugos marca Fresh, de un domicilio ubicado en calle Presidente Perón a la altura del 900, de Holt Ibicuy.

Bello escaló un portón de dos metros de altura que se encontraba cerrado, se apoderó de los elementos descriptos y a las 23:42, salió de allí abriendo él mismo el portón.

El tercer hecho se registró el 25 de abril pasado, a las 00:20, cuando reventó el candado de ingreso de un local comercial ubicado en calle Dr. Solsona sin número de Holt Ibicuy, y accedió al fondo del predio, donde se encuentra el depósito, con intenciones de desapoderamiento. Los ruidos fueron escuchados por un vecino, quien lo observó en esa tarea, lo increpó a viva voz, se tranzó en pelea con Bello, lo redujo y pidió auxilio a la Policía.

A Bello se le impusieron también reglas de conductas por el término de dos años, entre las que se encuentran la realización de un curso sobre la temática violencia de género, a dictarse por la Municipalidad local u otro organismo o ente público o privado, debiendo él mismo o su abogado defensor, acreditar su cumplimiento como la prohibición de ejercer actos molestos o perturbatorios y/o cualquier otro acto de violencia psíquica y/o física para con las víctimas y testigos de los hechos.

Por último, se indicó que para que se tenga por “no pronunciada” su condena, Bello no deberá cometer delitos 4 (cuatro años. Si cometen un nuevo delito, cumplirá los 15 meses de prisión de manera efectiva, más el tiempo que se fije por el nuevo hecho de acuerdo a lo explicitado en el Artículo 27° del Código Penal. 

Con esta condena, se registró en la jurisdicción la condena número 36 en lo que va del año por el delito de violencia de género.

 

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