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Diario El Argentinoviernes 29 de marzo de 2024
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Los fallos contra el uso del dióxido de cloro y la muerte de un niño tras su ingesta

Los fallos contra el uso del dióxido de cloro y la muerte de un niño tras su ingesta

La muerte de un niño en Neuquén y fallos judiciales en Salta y Tierra del Fuego contra la utilización del dióxido de cloro para el tratamiento del coronavirus, marcan los antecedentes contrarios a la decisión del juez federal Javier Pico Terrero de ordenar el suministro de la sustancia a un paciente de 93 años en estado grave, que luego falleció.  


En Neuquén, un niño de 5 años murió en agosto del año pasado luego de ingerir el día anterior dióxido de cloro que "habría sido administrado por los padres" con la falsa idea de que les serviría para "prevenir el coronavirus".

Los padres ingresaron al hospital con el niño y le dijeron a los médicos que le habían dado de tomar 700 mililitros de dióxido de cloro, según fuentes del Hospital de Plottier.

Antes de la muerte del niño neuquino, la conductora televisiva Viviana Canosa, frente a las cámaras, bebió de una botella plástica líquido que ella describió como dióxido de cloro y dijo que era un antídoto contra el coronavirus.

La conductora fue denunciada, dos días después de la muerte del chico neuquino, por el legislador provincial del Frente de Todos, Mariano Mansilla.

El director del Hospital de Plottier, Rafael Palomino, señaló en esa oportunidad que la ingesta de dióxido de cloro "produce alteraciones a nivel de la sangre, como anemias hemolíticas, se rompen los glóbulos rojos, también el paciente transforma esa sustancia en metahemoglobina, una especie de intoxicación por cianuro".

Tras conocerse aquella muerte, el Ministerio de Salud reseñó que la utilización de dióxido de cloro para el tratamiento de la Covid-19, u otras enfermedades, "no cuenta con estudios que demuestren su eficacia y no posee autorización".

Al hecho sucedido en Neuquén se sumó otro registrado esa misma semana en Jujuy, donde se conoció el caso de un hombre de 50 años que falleció en la localidad de San Pedro, también presuntamente luego de ingerir de dióxido de cloro.

En tanto, en Ushuaia una mujer se presentó en el mes de noviembre ante el Juzgado Civil y Comercial N° 1 de esa ciudad, a cargo del juez Sebastián Osado Viruel, para solicitar una "medida autosatisfactiva" que obligue a los médicos del sanatorio a suministrarle a su padre un tratamiento en base a dióxido de cloro.

La presentación la había realizado la hija de un hombre de 72 años que se encontraba internado en la Clínica San Jorge con diagnóstico de coronavirus positivo y complicaciones por patologías preexistentes.

La acción judicial requería que la sustancia formara parte de un "procedimiento complementario", más allá de los tratamientos médicos que la clínica venía realizando, y se utilizó como argumento el hecho de que, en la actualidad, el "SARS CoV2 no tiene un tratamiento combativo específico".

Los abogados de la clínica mencionaron que se trata de una "terapia no comprobada, ni autorizada".

Con estos elementos, el juez resolvió desestimar el pedido, y en los argumentos del fallo tuvo en cuenta la disposición de la Anmat, que prohíbe "el uso, la comercialización y la distribución en todo el territorio nacional de ese producto".

También en Salta la Justicia rechazó un pedido para tratar con dióxido de cloro a un paciente con coronavirus.

El juez de la Sala II de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial, Leonardo Aranibar, rechazó una acción de amparo promovida por familiares de un paciente contra el hospital San Bernardo, según consignó el diario local El Tribuno en su edición web de hoy.

Los familiares propusieron en una nota, el 1 de septiembre ,que se le suministrara dióxido de cloro al paciente argumentando un tratamiento compasivo.

En la causa ,el Comité Científico asesor del Colegio Médico de la Provincia de Salta presentó material científico y advertencias de destacadas entidades, acerca de la utilización de dióxido de cloro en humanos y recomienda que se investigue y sancione, si existen profesionales que indiquen o vendan ese producto en esa provincia.

En el informe de la causa, el presidente del comité de Bioética Clínica señaló que el tratamiento solicitado "se encuentra expresamente prohibido por las entidades científicas y administrativas de la salud nacional e internacional".

Esta acción de amparo fue rechazada en el pasado mes de octubre, y en la actualidad se encuentra apelada ante la Corte de Justicia salteña.

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