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Diario El Argentinosábado 20 de abril de 2024
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Justicia generosa: otorgan Probation para dos imputados de corrupción

Justicia generosa: otorgan Probation  para dos imputados de corrupción

El mensaje desde la Justicia entrerriana es claro: ante hechos de corrupción donde el imputado reconoce los hechos, la pena será la Probation.


Este mensaje fue emitido ayer con meridiana claridad por parte del vocal del Tribunal de Juicio y Apelaciones Número 4 de Paraná, Elvio Garzón, al revocar la resolución del juez de Garantías Mauricio Mayer y, en consecuencia, concedió –como una dispensa- la suspensión de juicio a prueba solicitada por Guillermo Linares y Miriam Fessia, imputados en la causa “Urribarri, Sergio Daniel-Carmona Herreros, Diego Armando-Fessia, Miriam Estela-Linares, Guillermo Andrés S/Negociaciones incompatibles con el ejercicio de la función pública”.

El juez Garzón fundó su resolución tras considerar como suficiente al primero de los agravios formulados por la defensa de los acusados, que son abogados y contadora de la empresa de Carmona Herreros. En efecto, el abogado Juan Carlos Palacios -a través del sistema de videoconferencia-, señaló que el juez Mayer se extralimitó en sus funciones en el marco del sistema acusatorio vigente en la provincia y se apartó del acuerdo que el defensor presentó el 12 de febrero pasado junto a la fiscal Patricia Yedro y el fiscal Gonzalo Badano.

El abogado de los imputados Linares y Fessia también planteó otros dos agravios que fueron compartidos por los representantes del Ministerio Público Fiscal: que el juez de primera instancia basó su resolución en una tesis restrictiva de la suspensión del juicio a prueba y que desconoció otros casos en los que se concedió ese beneficio a imputados por delitos contra la administración pública, pero que no se desempeñaban en organismos estatales. Es decir, justificó su pedido por la jurisprudencia que escribió la Justicia entrerriana para decidir la Probation en casos de corrupción.

Si bien en teoría la Probation está prohibida para los funcionarios públicos que cometen delitos, ahora la Justicia entrerriana entiende que los partícipes particulares pueden acogerse a ese beneficio.

Así, si esta causa aborda el bien jurídico protegido que implica la transparencia en el funcionamiento de la administración pública –y que es un delito de gran sensibilidad social-, las personas particulares como Fessia y Linares que hayan participado en un hecho delictivo, aunque involucre el interés de la administración pública, tienen derecho a la Probation. Eso dice la Justicia entrerriana.

Tras considerar que se cumplían los requisitos objetivos y subjetivos que prevé el Artículo 76° del Código Penal, el juez Garzón homologó las normas de conducta para Linares y Fessia durante los plazos previstos en el acuerdo de partes.

Imposibilitados de efectuar tareas comunitarias dado el distanciamiento social vigente producto de la pandemia de Covid-19, Fessia propuso un resarcimiento al Estado provincial de 120 mil pesos en 12 cuotas y Linares otro de 150 mil pesos en diez cuotas. Además, los imputados ofrecieron pagar una donación de 60 mil pesos a una organización que disponga la Oficina de Medios Alternativos (OMA).

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