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Contratos truchos: nuevo revés para el ex diputado Ricardo Troncoso

Contratos truchos: nuevo revés para  el ex diputado Ricardo Troncoso

La Justicia volvió a darle malas noticias al exdiputado provincial de la UCR Ricardo Troncoso. La última novedad en la causa es que la Cámara de Casación Penal de Paraná rechazó un recurso de impugnación extraordinaria de Juan Alfonso Blason Lorenzatto, quien exigiendo acceder a una Probation en la causa de los contratos del exdiputado radical.


La resolución es del 25 de marzo y está firmada por los vocales Hugo Perotti, Marcela Badano y Marcela Davite.

Troncoso y Blasón Lorenzzatto están acusados de haber sustraído fondos públicos “mediante la suscripción de contratos de obra con el mero objeto de retener para sí, en todo o en parte, el monto que se estipulaba en los mismos en concepto de honorarios o bien, para que las personas contratadas prestaran un servicio personal para Troncoso”. La causa está en manos de la fiscal Paola Farinó.

El expediente se abrió en septiembre de 2018 cuando Carlos Cozzi, un exempleado del diputado, denunció que se le retenía el 70 por ciento de su salario.

Lorenzatto, de 26 años, fue contratado del exdiputado radical Fuad Sosa y colaboró por pedido de éste con el legislador y exintendente de Maciá. Actualmente, se desempeña como escribiente provisorio en el Juzgado Civil y Comercial N° 2 de Nogoyá, consignó el portal Entre Ríos Ahora.

Desde que se inició la investigación, el abogado de Lorenzatto reclama que su defendido acceda a la suspensión del juicio a prueba o Probation. En sus presentaciones, plantea que no fue funcionario público y que debe ser considerado un arrepentido, ya que colaboró con la investigación de la Fiscalía.

Esa pretensión fue rechazada en varias oportunidades y por diferentes jueces. El 9 abril de 2019 se la denegó el entonces juez de Garantías N° 5, Elvio Garzón, hoy camarista; la resolución fue confirmada el 14 de mayo de ese año por el vocal del Tribunal de Juicio y Apelaciones, Gustavo Pimentel; y el 11 de septiembre fue ratificada por la Cámara de Casación Penal de Paraná.

El 10 de noviembre de 2020, el STJ hizo lugar a un recurso de queja presentado por el defensor de Lorenzatto y consiguió que se ordene a Casación dar respuesta sobre la presentación.

La defensa sostuvo que la resolución cuestionada no examinó exhaustivamente los argumentos y que no cumplió con parámetros establecidos por la Corte Interamericana de Derechos Humanos y por la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Además, afirmó que al negársele la Probation a Lorenzatto se generó un perjuicio jurídico y se vulneraron los principios de raigambre constitucional como los de defensa en juicio, legalidad, la analogía In Malam Partem (aplicación de una norma contraria al reo) e In Dubio pro Reo (la duda del juzgador favorece al reo).

El 25 de marzo de este año, Casación emitió su fallo contrario al pedido de la defensa, señalando que la presentación no cumple los requisitos para que el caso llegue al Superior Tribunal de Justicia. “La formulación del planteo que aquí nos convoca resulta una reedición del efectuado en Casación y su desarrollo configura una nueva discrepancia con la respuesta dada por este tribunal –en el caso- para descartar la alegada similitud”, sostuvieron los magistrados.

De ese modo, Lorenzatto seguirá involucrado en el expediente que ya lleva tres años de trámite en los Tribunales.

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