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Diario El Argentinoviernes 19 de abril de 2024
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La Corte Suprema avalará la autonomía de la ciudad de Buenos Aires para mantener las clases presenciales

La Corte Suprema avalará la autonomía  de la ciudad de Buenos Aires para  mantener las clases presenciales

El fallo saldrá hoy y fijará criterios a los gobiernos de la Nación y de la Ciudad sobre sus facultades en una pandemia. Esta semana entró en vigencia un nuevo DNU firmado por el presidente Alberto Fernández con más restricciones por el COVID-19.


La Corte Suprema de Justicia se pronunciará hoy a favor del gobierno porteño en su decisión de continuar con las clases presenciales, a pesar del nuevo DNU firmado por el presidente Alberto Fernández con más restricciones por la pandemia del COVID-19, y avalaría así la autonomía de la ciudad de Buenos Aires para definir la modalidad de la educación en su territorio.

Aunque la resolución de los jueces Carlos Rosenkrantz, Ricardo Lorenzetti, Juan Carlos Maqueda, Horacio Rosatti y Elena Highton de Nolasco será ante la presentación que el jefe de Gobierno porteño, Horacio Rodríguez Larreta, realizó cuando el Presidente firmó el primer decreto que venció el pasado viernes, se aguarda el fallo porque fijará criterios a los gobiernos de la Nación y de la Ciudad sobre sus facultades en una pandemia y la necesidad de acortar las decisiones en un momentos de tanta gravedad sin que sean judicializados.

Como antecedente, el procurador general interino de la Nación, Eduardo Casal, dictaminó la semana pasada que era inconstitucional el DNU que suspendió entre el 19 y el 30 de abril las clases presenciales en el AMBA. En su dictamen, sostuvo que el decreto no estaba fundamentado para tomar una medida como la suspensión de las clases que dependen de la ciudad de Buenos Aires por la autonomía que tiene sobre la educación como todas las provincias del país.

“Considero que los argumentos expuestos en la norma impugnada no alcanzan para fundar un estado de necesidad que permita legitimar la suspensión de la concurrencia a los establecimientos educativos en todos sus niveles”, sostuvo Casal en su presentación de 49 páginas. El procurador señaló que el gobierno nacional tiene las facultades sobre la salud en todo el país y para tomar medidas de emergencia en casos excepcionales, como lo es una pandemia, pero que deben estar fundamentadas, lo que a su criterio en ese caso no ocurrió.

Tras resaltar que los DNU tienen que ser ratificados por el Congreso, el dictamen agregó que no está demostrado epidemiológicamente que la presencialidad en las escuelas afecte a la salud, en línea con la postura del gobierno porteño. El Ejecutivo le había pedido a la Corte que rechazara la demanda.

“No ha sido debidamente acreditado que el dictado de clases presenciales haya sido la causa del agravamiento de la situación sanitaria a la que aludió el decreto impugnado, en cuyos considerandos se efectúan afirmaciones genéricas acerca de la necesidad de reducir la circulación de personas y el uso del transporte público, sin precisar adecuadamente la supuesta relación directa e inmediata entre las actividades de educación presencial y el crecimiento exponencial de casos en la región”, afirmó el procurador.

Casal dejó para el final de su escrito un mensaje para los gobiernos de la Nación y de la ciudad de Buenos Aires. El procurador habló del “paradigma del federalismo concertado que debe primar en las relaciones interjurisdiccionales, especialmente si se presentan desacuerdos razonables o fricciones que la realidad impone y que no siempre se pueden evitar cuando coexisten dos gobiernos que actúan directamente sobre el mismo pueblo”.

“Estas consideraciones adquieren especial relevancia frente al contexto epidemiológico actual, cuando es público y notorio que, en los últimos días, la situación se ha agravado debido a la propia dinámica y cambiantes características de la situación de la epidemia”, concluyó.

El gobierno nacional dictó el 16 de abril el Decreto 241 en el que tomó varias medidas restrictivas en la circulación de personas en el AMBA para evitar el aumento de casos en la zona más crítica del país. Una de ellas fue suspender las clases presenciales. El gobernador de la provincia de Buenos Aires, Axel Kicillof, avaló la medida pero Rodríguez Larreta no.

El decreto en el punto de las clases nunca llegó a cumplirse en la Ciudad de Buenos Aires. Es que un fallo de la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo y Tributario de la Capital Federal hizo lugar a un planteo de un grupo de padres para que hubiera clases presenciales. Ese fallo -dictado por un fuero que no suele revisar decisiones del Gobierno nacional- le dio “aire” a Rodríguez Larreta para resistir la orden del DNU sobre las clases en CABA.

 

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