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Diario El Argentinoviernes 19 de abril de 2024
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Perspectiva de género: Desarrollarán una Cámara Gesell con una víctima mayor de edad

Perspectiva de género: Desarrollarán una Cámara Gesell  con una víctima mayor de edad

En una situación histórica, se tomará la ampliación de una denuncia a una persona mayor de edad en el marco de una Cámara Gesell. Así lo resolvió la jueza María del Luján Giorgio, Vocal de Juicio y Apelaciones de Concordia, en una causa por abuso sexual en Chajarí en perjuicio de una persona trans.


La magistrada resolvió de manera favorable a la presentación realizada por los abogados querellantes, Fernanda V. Álvarez y Patricio Cozzi, quienes pusieron en evidencia que su representada fue revictimizada en distintas instancias del proceso. Los abogados puntualizaron en el accionar del Ministerio Público Fiscal (MPF), cuya representante se refirió en reiteradas ocasiones a la víctima desconociendo su autopercepción.

La Vocal Giorgio consideró que la Cámara Gesell “mitigarían los daños colaterales al proceso en el que alegan ya ha venido sufriendo a partir de actitudes lesivas a su identidad por los propios operadores del sistema judicial”. Puntualizó en que la denunciante es una persona en estado de vulnerabilidad de género y argumentó que no está prohibida la utilización de Cámara Gesell en personas mayores de edad, publicó el portal Análisis.

Además, la jueza explicó que los abogados querellantes “dieron cuenta de una cierta persistencia de los integrantes de la fiscalía de Chajarí a dirigirse a ella” por su nombre de varón y agregó: “De actitudes como la descripta infirieron una clase de violencia institucional”. La víctima había oficializado su cambio de identidad en febrero del 2020, aunque desde la querella explicaron que el dato no es relevante ya que se tiene en cuenta el momento en el que la persona se autopercibe, en este caso, como mujer trans.

Giorgio debió intervenir tras el planteo de la querella ante el fallo desfavorable del Juzgado de Garantías de Chajarí a cargo de Susana Pertus, quien había rechazado la posibilidad de que la testigo-victima amplie su declaración bajo ese contexto de protección. La Investigación Penal Preoparatoria (IPP) estuvo a cargo de la fiscal María Dalia Verdura Pons, quien también manifestó el rechazo a la realización de la ampliación en Cámara Gesell.

Criticó a la jueza y al MPF por haber denegado “una medida que no ocasiona perjuicio alguno a ninguna de las partes involucradas y fundamentalmente desconociendo la situación de extrema vulnerabilidad de la denunciante en un proceso judicial cuyos efectos colaterales podrían mitigarse a bajo costo y sin desmedro de otros derechos constitucionales”.

Además, citó a la Convención de Belém Do Pará, las 100 Reglas de Brasilia, la Recomendación General Nº 19 CEDAW y ley 26.485, la ley de Identidad de Género N° 26.743 y agregó: “Corresponde proveer conforme lo peticionado, eludiendo así una nueva y mayor exposición en el eventual juicio oral, por lo que habré de disponer la inmediata realización de la ampliación de la declaración mediante el dispositivo de Cámara Gesell sin necesidad de presencia judicial en las condiciones usuales de operatividad”.

En ese marco, la magistrada dispuso “hacer lugar al recurso de Apelación incoado por los Doctores Fernanda V. Álvarez y Patricio Cozzi, revocando en consecuencia la resolución de la Jueza de Garantías Susana Pertus recaída en fecha 7 de junio del corriente, disponiendo la inmediata celebración de la ampliación de declaración testimonial la víctima a través del dispositivo de Cámara Gesell, a cuyos efectos deberá la Unidad Fiscal de Chajarí, coordinar con el forense de la jurisdicción la respectiva entrevista, con notificación a las partes”.

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