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Policiales

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Condenaron a un narco que vendía cocaína bajo la marca “del escorpión”

Condenaron a un narco que vendía cocaína bajo la marca “del escorpión”

Condenaron por narco a José Ayala, a cuatro años y diez meses de prisión. Su cómplice, Brian Cejas recibió pena condicional. Ambos cayeron en noche del 19 de octubre de 2019 en Paraná con tres kilos de cocaína.


Elbio Gonzalo Caudana y Daniel “Tavi” Celis conseguían la cocaína “del delfín”. Hace pocos días, un camionero brasileño fue detenido en el Sur de Entre Ríos con dos toneladas de marihuana con la marca de “un gorila”.

Pero, José Mauricio Leonel Ayala vendía la droga que tenía el sello “de un escorpión”, pocas veces registrado en el ambiente narco de la región. El hombre fue juzgado por haber llevado en su auto tres kilos de cocaína en el barrio Las Flores de Paraná. El miércoles pasado lo condenaron a cuatro años y 10 meses de prisión. A su cómplice, Brian Cejas, le impusieron tres años de prisión condicional y quedó libre.

El juicio en el Tribunal Oral Federal de Paraná fue muy particular, ya que ambos imputados se echaban la culpa sobre la propiedad del cargamento de droga. Por esto incluso hubo un careo muy picante el lunes pasado donde Cejas desde el salón de audiencias y Ayala por videoconferencia desde la Unidad Penal 1, cruzaron duras acusaciones sobre lo ocurrido aquella noche del 19 de octubre de 2019.

Ambos cayeron cuando iban en un auto VW Gol gris circulando por la zona Oeste de Paraná. Mientras transitaban por calle Ameghino al 200, un patrullero de la División 911 intentó detenerlos para identificarlos, pero el conductor aceleró y escaparon. Se inició así una frenética persecución que terminó 20 después, en el corazón del barrio Las Flores.

El vehículo que era conducido por Ayala se detuvo y el acompañante, Cejas, se bajó y salió corriendo con un bulto en sus manos. Un policía lo corrió y lo alcanzó a los pocos metros. Cuando revisaron el contenido de la mochila que llevaba Cejas, encontraron poco más de tres kilos de cocaína, de máxima pureza, una cantidad muy considerable con posibilidad de generar miles de dosis para su distribución y venta en la ciudad, además de tener un valor millonario, consignó el diario Uno de Paraná.

El debate transcurrió con las declaraciones de los testigos civiles del procedimiento y de casi una decena de policías que participaron tanto en la persecución como en el operativo posterior en el lugar del arresto. Y con el mencionado careo entre los dos imputados: Ayala aseguró que la droga era de Cejas y que no se escapó de la Policía cuando intentaron detenerlos. Cejas insistió en que Ayala, al quedar encerrado en una cortada sin salida del barrio Las Flores, le dio la mochila, le abrió la puerta y lo obligó a salir corriendo.

 

Las acusaciones

 

El fiscal general, José Ignacio Candioti acusó a Ayala por ser autor del delito de Transporte de estupefacientes, y pidió la pena de cinco años de prisión y el decomiso del auto en el cual se conducía por ser un instrumento utilizado para la comisión del delito.

Aseguró que estaba probado que transportaba tres kilos de clorhidrato de cocaína de alta pureza y que emprendió la fuga ante la presencia de la Policía. Si bien el acusado negó la persecución, Candioti sostuvo que esta situación fue innegable porque así lo declararon múltiples testigos, que indicaron que los patrulleros lo siguieron por 10 cuadras, donde inclusive Ayala circuló una cuadra a contramano generando un peligro para la gente y cuando entró a una calle sin salida, los vecinos lo increparon y le tiraron piedras porque puso en riesgo la seguridad de la gente.

Para Candioti, quedó demostrado que Ayala era el dueño del negocio y que Cejas le prestaba una colaboración accesoria. Por esto, a este último el fiscal lo acusó de partícipe secundario en el delito, consideró que tuvo una participación en el hecho, pero de menor entidad a la conducta de Ayala, por lo cual pidió tres años y dos meses de prisión de cumplimiento efectivo.

 

Las defensas

 

Germán Palomeque, abogado que actuó en la defensa de Cejas junto a Pedro Fontanetto D’Ángelo, sostuvo en su alegato que el joven había cometido una equivocación, lo cual no iban a negar, pero afirmó que el delito que cometió fue el de encubrimiento, no vinculado al transporte de la droga. Afirmó que Cejas en ese momento tuvo una participación no esencial, totalmente dispensable y que incluso ni siquiera fue con una promesa previa, sino se enteró arriba del auto cuando Ayala le dijo “mirá lo que tengo en la mochila” y él entre el nerviosismo prestó un consentimiento tácito y en vez de bajarse siguió en el auto. En este sentido afirmaron que claramente estuvo Cejas en el vehículo, pero pudo haber sido cualquier otro amigo que hubiera subido. Reconocieron que el hecho de haber salido por parte de su defendido estuvo mal, pero se debió a que Ayala lo había llevado a tomar esa conducta equivocada.

Subsidiariamente, el defensor planteó que, si el Tribunal consideraba que el Cejas tuvo una participación secundaria en el delito de Transporte, pidió que la pena sea de prisión condicional, porque se trataba de un joven que tenía 19 años al momento de los hechos, con escasos recursos económicos, un hijo recién nacido que no conoció porque estaba en prisión y había que darle una oportunidad, publicó el diario Uno de Paraná.

A su turno, el abogado defensor de Ayala, Augusto Lafferriere, pidió la absolución lisa y llana de Ayala, al sostener que no era el responsable de la droga, sino Cejas, quien justamente fue el que salió corriendo con la mochila en su poder y desmintió que Ayala lo haya empujado del auto, sino que se bajó corriendo por su propia voluntad. Cuestionó contradicciones en los testimonios y que sostuvo que no había pruebas suficientes para condenar a su defendido.

No obstante, en el supuesto de que el Tribunal llegase a condenar a Ayala, consideró que la pena pedida por el fiscal era alta y que le debían dar el mínimo (cuatro años) y como ya hace dos años está en prisión, debía ser excarcelado hasta que la sentencia quede firme, y si no darle prisión domiciliaria.

 

El veredicto

 

Después de finalizados los alegatos, la jueza Noemí Berros adelantó su veredicto. Condenó a Ayala como autor del delito de transporte de estupefacientes a la pena de cuatro años y 10 meses de prisión, multa de 90 mil pesos y el decomiso del VW Gol. Y a Cejas lo declaró responsable de ser partícipe secundario de eses mismo delito (como pidió el fiscal y subsidiariamente la defensa) y le impuso tres años de prisión de cumplimiento condicional, por lo cual dispuso su inmediata libertad. A su vez, lo condenó a una multa de 45 mil pesos, pero la dio por compurgada por el tiempo que estuvo en la cárcel con preventiva.

Tras finalizar la audiencia, Berros le dijo a Cejas que quedaba libre, que debía ir a la Unidad Penal a buscar sus cosas y que esperaba que de ahora en más se comportara debidamente ya debía hacerse responsable del bebé que tiene con su pareja. Los abogados del joven destacaron que él había llegado imputado por el mismo delito que Ayala, con prisión preventiva desde el día del hecho, que transcurrió el proceso judicial con distintos abogados y que asumieron la defensa un mes antes del juicio, tras el cual obtuvo la libertad.

 

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