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Diario El Argentinojueves 18 de abril de 2024
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Ahora el Poder Judicial autorizó a los abogados volver a los Tribunales

Ahora el Poder Judicial autorizó a los abogados volver a los Tribunales

El STJ autorizó a partir del 15 de octubre el libre ingreso a los edificios del Poder Judicial de los profesionales de la abogacía y los demás operadores judiciales.


Luego de tres presentaciones del Colegio de la Abogacía de Entre Ríos y tras un pedido de intervención de la ministra de Gobierno y Justicia, Rosario Romero, el Superior Tribunal de Justicia (STJ) dispuso normalizar la presencia de los abogados en los Tribunales de la Provincia y de ese modo dejar atrás las restricciones que se habían impuesto tras el aislamiento como consecuencia de la pandemia de coronavirus.

En una acordada resuelta en la reunión del martes pasado, el STJ dispuso autorizar “el libre ingreso de los profesionales de la abogacía y de los demás operadores judiciales a los edificios del Poder Judicial; así como a los organismos a recurrir a la atención presencial espontánea. En consecuencia, el control de ingreso deberá ser organizado en cumplimiento de las normas de bioseguridad vigentes, para lo cual se afectará a una persona en la puerta de acceso de cada edificio, quien se encargará de medir la temperatura y de la sanitización de manos”.

De ese modo, se pone fin a una de las quejas principales de los profesionales del Derecho: la atención mediante turnos en los distintos juzgados y despachos del Poder Judicial. La última presentación del Colegio de la Abogacía para pedir la normalización en la atención se había registrado el pasado miércoles 6.

En una nota que llegó al presidente del STJ, Martín Carbonell, la entidad hizo notar “la necesidad de atención de los profesionales de la Abogacía y Procuradores en forma presencial, sin otro requisito que la libre concurrencia a los edificios de tribunales con estricto cumplimiento de los protocolos sanitarios previstos”. Y agregó: “Es de suma importancia obtener una respuesta a este reclamo que venimos realizando, debido a que la situación sanitaria se ha modificado notoriamente, reduciéndose los casos de contagios (de Covid-19), habilitándose distintos tipos de actividades sociales y recreativas e institucionales que justifican lo oportunamente solicitado”.

Como consecuencia de la pandemia de coronavirus, la Justicia restringió la presencialidad de sus trabajadores y vedó el ingreso a los Tribunales de toda persona ajena a la actividad a partir del 20 de abril de 2020, días después de que se dispusiera el aislamiento social, preventivo y obligatorio. La medida, que fue variando conforme avanzaba la pandemia, provocó no pocos cruces con el Colegio de la Abogacía de Entre Ríos, que había reclamado que se garantizara el pleno ejercicio del servicio de justicia.

La última decisión del STJ fue disponer la presencialidad plena a partir del 5 de agosto último, pero sólo para su personal: para el resto de las personas se mantienen las restricciones para ingresar a Tribunales.

Ahora, tras la presentación de pedidos formales y distintas gestiones realizadas por la conducción provincial del Colegio de la Abogacía, el STJ decidió autorizar el ingreso a los edificios del Poder Judicial a los profesionales de la abogacía a partir del 15 de octubre.

En la Acordada del máximo cuerpo se solicita en la medida de lo posible se otorgue preeminencia a las audiencias presenciales antes que las virtuales.

En el texto, asegura que según “Actuaciones Nº 2648/2021 caratuladas “Presidente Colegio de la Abogacía de E. Ríos Dr. Alejandro D. Canavesio s/Libre concurrencia de Profesionales al Edificio de Tribunales. Paraná”, en trámite ante la Dirección de Gestión Humana, dispuso establecer el siguiente esquema de pautas de funcionamiento del Poder Judicial, a partir del 15 de octubre:

1) Autorizar el libre ingreso de los profesionales de la abogacía y de los demás operadores judiciales a los edificios del Poder Judicial; así como a los organismos a recurrir a la atención presencial espontánea. En consecuencia, el control de ingreso deberá ser organizado en cumplimiento de las normas de bioseguridad vigentes, para lo cual se afectará a una persona en la puerta de acceso de cada edificio, quien se encargará de medir la temperatura y de la sanitización de manos;

2) Disponer que en la medida en que las audiencias puedan celebrarse de manera presencial, con estricto cumplimiento del distanciamiento y todas las medidas de prevención establecidas en los protocolos sanitarios vigentes, tal modalidad deberá tener preeminencia sobre la virtual;

3) Mantener vigente el sistema de turnos, audiencias programadas u otras citaciones, el que será optativo para cada organismo;

4) Encomendar a la Superintendencia de cada jurisdicción y a la Mayordomía, que arbitre las medidas necesarias a fin de respetar el distanciamiento –dos metros- y el volumen de circulación, conforme la capacidad de cada edificio, así como el control del cumplimiento del uso de barbijo.

Finalmente, ordenó notificar a los Ministerios Públicos; difundir el Acuerdo a través de la Oficina de Prensa y de la página web del Poder Judicial.

 

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