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Diario El Argentinodomingo 21 de abril de 2024
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La Corte Suprema ordenó a la Justicia que realice un fallo absolutorio en el caso Nemec

La Corte Suprema ordenó a la Justicia que realice un fallo absolutorio en el caso Nemec

Caso Nemec. La Corte ordenó a la Justicia provincial que dicte un fallo absolutorio a favor del médico Carlos Nemec.


El 25 de noviembre de 2016, el Tribunal de Juicios y Apelaciones de Gualeguaychú –integrado por los magistrados Mauricio Derudi, Arturo Exequiel Dumón y Alicia Vivian- condenó -con voto dividido- al médico Carlos Guillermo Nemec, por el delito de homicidio culposo a raíz del fallecimiento de Andrea Schlotthauer, fijando la pena de un año de prisión de cumplimiento condicional e inhabilitación especial para el ejercicio de la medicina durante cinco años.

Andrea Schlotthauer falleció el 2 de febrero de 2016 en el Centro Médico San Lucas, luego de ser internada en la mañana del domingo 24 de enero de 2016 e intervenida quirúrgicamente, tres días después, por Nemec.

Durante el proceso, el Ministerio Público Fiscal representado por Lisandro Béhéran, junto a la querella a cargo de la abogada Rosana Lema Olano, logró convencer al Tribunal que Nemec había cometido negligencia médica, con la consecuencia del fallecimiento de Andrea Schlotthauer, una joven contadora que había ingresado al sanatorio por una apendicitis.

Esa sentencia en primera instancia fue apelada por Nemec, y la Cámara de Casación de Paraná (integrada por los jueces Hugo Perotti, Marcela Davitte y Alejandro Grippo), la ratificó en mayo de 2018.

Recurrieron en Casación los defensores Julio Federik y Leopoldo Lambruschini, quienes plantearon que Nemec había sido condenado por un hecho sustancialmente distinto al que le fuera oportunamente atribuido y sobre el que ejerciera su defensa; que la sentencia condenatoria se realizó en base a prueba incorporada oficiosa e ilegítimamente por el voto de la mayoría; negaron por otro lado que Nemec haya creado un riesgo jurídicamente desaprobado al haber omitido una intervención quirúrgica exploratoria y en consecuencia solicitaron se declaren las nulidades planteadas y se absuelva a su defendido, además de señalar que Nemec fue estigmatizado por la prensa y se argumentó que el médico fue parte de una intervención plural y que para diagnosticar debían intervenir distintos especialistas y se seleccionó de modo arbitrario uno de los métodos de diagnósticos que es el que se puede atribuir a Nemec.

En octubre de 2019, el Superior Tribunal de Justicia (STJ), por unanimidad, rechazó la impugnación extraordinaria interpuesta por la defensa del médico cirujano; aunque en febrero de 2020, le concedió a Nemec -con voto dividido, dos a uno- el recurso extraordinario federal sobre el cual, ayer y dando lugar al dictamen de la Procuración General de la Nación, la Corte Suprema de Justicia de la Nación le dio la razón.

La Corte Suprema declaró “procedente el recurso extraordinario” y en el escrito dejó “sin efecto la sentencia apelada”. Esto implica que el legajo debe volver al tribunal de origen para que, por intermedio de quien corresponda, “se dicte un nuevo pronunciamiento con arreglo al presente”.

Así, la Corte Suprema de Justicia le ordenó –luego de analizar las razones y fundamentos de la defensa de Nemec- a la Cámara de Casación de Paraná que dicte un fallo que deberá ser absolutorio para el médico cirujano.

 

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