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Diario El Argentinojueves 18 de abril de 2024
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El 1° de abril se definirá la condena por abuso de menores al cura Escobar Gaviria

El 1° de abril se definirá la condena por abuso de menores al cura Escobar Gaviria

El cura Juan Diego Escobar Gaviria, condenado por abuso y corrupción de menores, deberá comparecer en audiencia el 1° de abril para definir la condena que finalmente le será impuesta.


La audiencia para definir la condena que finalmente le será impuesta al cura Juan Diego Escobar Gaviria, condenado por abuso y corrupción de menores, se realizará el próximo 1° de abril de 2022 ante el Tribunal de Juicios y Apelaciones de Gualeguay.

El trámite judicial había sido programado para el viernes 3 de septiembre del año pasado en los Tribunales de Gualeguay. En esa fecha debía redefinirse la condena aplicada al cura Juan Diego Escobar Gaviria por abuso y corrupción de menores, pero la audiencia fue suspendida.

Luego de un fallo de la Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia (STJ), el sacerdote será beneficiado con una rebaja de la pena a 25 años de cárcel, aplicada en 2017. Aunque ahora, además, se deberán reunificar condenas: la primera, de 2017, a 25 años de cárcel; y la segunda, a 11 años de cárcel aplicada en noviembre de 2020, por un nuevo caso ocurrido en Lucas González, donde cumplió funciones como sacerdote.

El aplazamiento de ese trámite de unificación de condenas había sido programado para el 3 de septiembre pasado, pero ocurrió un imponderable.

Uno de los jueces integrantes del tribunal, Mariano Caprarulo, del Tribunal de Juicios y Apelaciones de Concordia, debió someterse a una intervención quirúrgica y esa situación motivó la suspensión. Además de Caprarulo, el tribunal que deberá resolver la redefinición de la condena está integrado por María Carolina Castagno (camarista de Paraná); y Fernando Martínez Uncal (del Tribunal de Juicios y Apelaciones de Concepción del Uruguay), consignó el portal Entre Ríos Ahora.

En octubre de 2020, la Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia (STJ) hizo lugar parcialmente a un recurso extraordinario presentado por los defensores del cura Juan Diego Escobar Gaviria, condenado en 2017 a 25 años de cárcel por abuso y corrupción de menores, y revocó parcialmente el fallo.

El máximo tribunal provincial dispuso “absolver” al sacerdote por uno de los cuatro hechos por los que fue condenado, un abuso sexual simple, por cuanto la víctima no declaró en el juicio –estaba bajo tratamiento médico durante el tiempo en que se desarrolló el debate- y ordenó devolver el expediente al Tribunal de Juicio y Apelaciones de Gualeguay para que emita una nueva condena.

Escobar Gaviria fue llevado a juicio en 2017 por cuatro hechos: tres de corrupción de menores agravada y uno por abuso sexual simple agravado. La investigación penal se abrió a finales de octubre de 2016, tras una presentación espontánea de las monjas de la congregación Hermanas Terciarias Misioneras Franciscanas, que dirigen el Colegio Castro Barros San José, de Lucas González. Hasta el momento de la denuncia penal, Escobar Gaviria cumplió el rol de párroco de San Lucas Evangelista, adonde había llegado en 2005, como parte de la Cruzada del Espíritu Santo, la orden religiosa que preside el cura Ignacio Peries, de Rosario. Pero no bien las monjas se presentaron ante el defensor oficial Oscar Rossi, y dieron cuenta del caso de un nene de 11 años que dijo haber sido abusado por el cura, el arzobispo de Paraná, Juan Alberto Puiggari, ordenó su separación de la función de párroco y le ordenó buscar refugio en una casa religiosa.

La condena a 25 años de cárcel a Escobar Gaviria –que cumple prisión preventiva en la Unidad Penal de Victoria desde abril de 2017- dictada por el Tribunal de Juicio y Apelaciones de Gualeguay fue confirmada por la Cámara de Casación Penal. Aunque la Sala Penal del STJ tuvo una mirada distinta, aunque reprochó el planteó que efectuaron los defensores del cura, Milton Urrutia y María Alejandra Pérez. El voto del vocal Daniel Carubia sostiene que “la censura impugnativa desplegada enarbola una confusa y genérica crítica que sólo esgrime su mera disconformidad con el resultado -por cierto, adverso a sus intereses- al que arriban los tribunales de mérito y de casación; empero, omite exponer una fundada refutación de todos y cada uno de los consistentes argumentos que sustentan los pronunciamientos que parecieran agraviar a su parte”.

Pero en noviembre de 2020, el Tribunal de Juicios y Apelaciones de Gualeguay volvió a juzgar a Escobar Gaviria por otro caso, y entonces le aplicaron 11 años de cárcel.

 

 

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