Normas destinadas a preservar a los vulnerables
Al finalizar agosto el Concejo Deliberante aprobó por unanimidad el Proyecto de resolución por el que la Municipalidad de Gualeguaychú adhiere al Protocolo Interinstitucional de Actuación en casos de Abuso Sexual Infantil.
La Resolución considera que el Protocolo Interinstitucional de Actuación en casos de Abusos Sexual Infantil, elaborado por la Mesa de Fortalecimiento Familiar conformada en la Provincia de Entre Ríos desde el año 2008, tiene por principal objeto evitar la revictimización de niños, niñas y adolescentes víctimas de abusos y violaciones, preservar la prueba y asegurar las garantías procesales de víctimas e imputados.
Si bien el abuso sexual infantil - por horroroso que resulte- puede no estar siempre vinculado a la trata de personas, vale destacar que este último delito tiene al ASI como elemento fundamental, ya que en su mayoría este es el fin para lo que se secuestran niños y adolescentes.
Y en este sentido, debe marcarse la coincidencia en el tiempo con la Ley provincial Nº 10.032, publicada en el Boletín Oficial el 1 de junio de este año, que crea en todo el ámbito provincial el Programa de Prevención, Protección y Asistencia a las Víctimas y Testigos de la Trata y Tráfico de Personas y a la reciente sanción, por parte del Senado de la Nación, de las modificaciones a la Ley 26.364 respecto de la tipificación del delito de trata de personas y apunta a crear organismos y a volcar recursos para la asistencia y la reparación del daño a las víctimas de este delito. También crea el registro de datos de abusadores sexuales.
La ocupación, por parte de los legisladores locales, provinciales y nacionales, es una muestra de la existencia de estos hechos aberrantes que requieren de un firme compromiso para sancionar a los facilitadores y a quienes demandan sus servicios.
También los ciudadanos debemos comprometernos en la salvaguarda de la integridad de los menores, los más vulnerables y en el terreno delictivo, los más buscados.
Si bien el abuso sexual infantil - por horroroso que resulte- puede no estar siempre vinculado a la trata de personas, vale destacar que este último delito tiene al ASI como elemento fundamental, ya que en su mayoría este es el fin para lo que se secuestran niños y adolescentes.
Y en este sentido, debe marcarse la coincidencia en el tiempo con la Ley provincial Nº 10.032, publicada en el Boletín Oficial el 1 de junio de este año, que crea en todo el ámbito provincial el Programa de Prevención, Protección y Asistencia a las Víctimas y Testigos de la Trata y Tráfico de Personas y a la reciente sanción, por parte del Senado de la Nación, de las modificaciones a la Ley 26.364 respecto de la tipificación del delito de trata de personas y apunta a crear organismos y a volcar recursos para la asistencia y la reparación del daño a las víctimas de este delito. También crea el registro de datos de abusadores sexuales.
La ocupación, por parte de los legisladores locales, provinciales y nacionales, es una muestra de la existencia de estos hechos aberrantes que requieren de un firme compromiso para sancionar a los facilitadores y a quienes demandan sus servicios.
También los ciudadanos debemos comprometernos en la salvaguarda de la integridad de los menores, los más vulnerables y en el terreno delictivo, los más buscados.
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