EL DEFENSOR ADELANTÓ QUE LLEVARÁ EL CASO ANTE EL SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA
Casación confirmó la sentencia contra “Oreja” Cepeda por el crimen de Pighetti
Los jueces de la Cámara de Concordia revisaron el fallo unánime al que llegó el jurado en el juicio que condenó a 12 años de cárcel a Héctor Aníbal "Oreja" Cepeda por asesinar a Jorge Pighetti, el 5 de octubre de 2023 en el barrio 348, y decidieron no hacer lugar al recurso interpuesto por el defensor. Ahora, el fallo será enviado al Superior Tribunal de Justicia.
El juicio había comenzado a principios de marzo bajo la atenta mirada y oídos de un jurado de vecinos y vecinas, que escucharon cada una de las pruebas que presentó la fiscal Martina Cedrés y la palabra de los testigos que vincularon directamente a Cepeda como el autor material de las puñaladas que terminaron con la vida de Pighetti.
Tras el veredicto de culpabilidad que dio el jurado, ambas partes esgrimieron el pedido de pena y sus fundamentos de acuerdo a lo que fue presentado en el juicio oral. La fiscal Cedrés requirió 16 años de prisión efectiva para Cepeda, mientras que el defensor oficial Matías Lonardi solicitó el mínimo racional que el vocal del Tribunal de Juicios y Apelaciones de Gualeguaychú considere.
La decisión del juez Mauricio Derudi se conoció el 20 de marzo. Ese día el magistrado le impuso una pena de 12 años de cárcel, pero además entendió el requerimiento que había hecho el Ministerio Público Fiscal para que el condenado mantuviera la prisión preventiva. Cepeda llegó al juicio cumpliendo una prisión preventiva que, tras su detención a las pocas horas del crimen, se dispuso en un primer momento por 90 días y luego se fue prorrogando hasta el inicio del debate y mantiene esa modalidad hasta que la condena adquiera firmeza o se la revoque en alguna otra instancia de apelación.
Tras esta condena, la defensa llevó el caso ante la Cámara de Casación Penal de Concordia, con la idea de revertir la condena. El 31 de julio pasado se realizó la audiencia donde se analizaron los argumentos defensivos que ponían énfasis en el veredicto del jurado que actuó en el juicio en Gualeguaychú, que “se apartó totalmente de la prueba producida en el debate, ya que de la misma quedó en claro que Cepeda actuó amparado en la norma de justificación”. Y se calificó a la sentencia como “arbitraria, irracional, desproporcionada y cruel”.
El defensor consideró que “el veredicto del jurado fue contradictorio, apartándose totalmente de la prueba testimonial, material y documental producida en el juicio” y que de la declaración de los testigos aportados por la Fiscalía “surgieron elementos de un actuar legítimo defensista”.
La fiscal Cedrés concurrió a esa audiencia para defender el fallo de primera instancia y manifestó a los camaristas que la defensa “efectuó una parcialización de la prueba” y que “es necesario observar toda la prueba producida y aportada durante el juicio y no de forma parcializada”.
Finalmente, este martes 27, los Vocales de la Sala II de la Cámara de Casación, integrada por María Evangelina Bruzzo, María del Luján Giorgio y Darío Gustavo Perroud, llegaron a la decisión de no hacer lugar al recurso interpuesto por el defensor contra la sentencia dictada por el vocal del Tribunal de Juicio y Apelaciones de Gualeguaychú, Mauricio Derudi, que condenó a Cepeda a 12 años de prisión efectiva. El condenado permanece con prisión preventiva y permanecerá en esa condición hasta que la sentencia quede firme. Eso todavía no ocurrirá, porque el defensor Lonardi adelantó que llevará el caso ante el Superior Tribunal de Justicia para que analice el fallo.