Diputados quieren descongestionar la actividad de la Fiscalía de Estado
Un proyecto de ley presentado en la Cámara de Diputados propone la creación de una Comisión de Transacciones Judiciales, para contribuir a descongestionar la actividad de la Fiscalía de Estado, y reducir costos en litigios contra el Estado provincial, creando una herramienta que puede coadyuvar a terminar con causas judiciales en las que la provincia podría resultar perdedora.
El autor de la iniciativa, el diputado Jorge Monge (UCR, Diamante), propone en el texto la creación de una comisión cuyo objetivo será “contribuir a descongestionar la actividad de la Fiscalía de Estado, a reducir costos en materia de litigios contra el Estado provincial, dando vida a una herramienta que puede coadyuvar a poner fin a causas judiciales en las cuales puede esperarse un resultado negativo contra la provincia”.
En los fundamentos del proyecto, Monge recuerda que “la experiencia indica que en infinidad de casos, los representantes procesales del Estado de Entre Ríos, en el ejercicio de la defensa de los intereses del mismo, plantean la vía recursiva generalmente hasta agotar todas las instancias. Ello así, en muchos casos, lejos de ser la mejor solución, lo que conlleva es a una elongación innecesaria de los procesos judiciales con mayores gastos para el fisco, además de dilaciones para el demandante”.
El diamantino refiere que la articulación de recursos –aún en casos donde la posición estatal en el pleito es claramente desfavorable para ésta en cuanto a pruebas, doctrina y antecedentes jurisprudenciales, puede estar motiva para aventar cualquier sospecha o duda de connivencia con la otra parte. “Lo mismo puede ocurrir en cierta medida, en otros casos, en el fuero íntimo de quienes tienen la facultad legal de acceder o no a un acuerdo transaccional.
En esa inteligencia, la Comisión de Transacciones Judiciales propuesta a través de esta iniciativa va en camino de contribuir a aventar todas esas posibles dudas”.
Con el texto propuesto, la intervención de la Comisión será obligatoria en toda transacción pero el dictamen que produzca, no será vinculante.
En la Constitución reformada
Monge consigna que en la Convención Constituyente de 2008, “propusimos – mediante el expediente 1262 ingresado el seis de mayo de 2008 – incorporar al texto magno entrerriano, igual que lo ha hecho la Constitución de la provincia de Rio Negro – un artículo estableciendo la creación de la comisión de transacciones judiciales (http://convencion.hcder.gov.ar/consultaexpedientes/exped.php?as_id=1262)”.
Dicho proyecto, tomó como fuente al artículo 194º de la Constitución rionegrina y postulaba la consagración del siguiente artículo: “corresponde a la Comisión de Transacciones Judiciales dictaminar sobre toda propuesta de transacción que sea recibida, o promovida por los órganos que ejercen la representación del Estado provincial, a causa de juicios que revistan trascendencia económica, social o política, teniendo en cuenta la conveniencia patrimonial y de conformidad con los principios éticos propios de la actividad del Estado. La ley establecerá la organización, funciones, competencia y procedimientos de la Comisión de Transacciones Judiciales”, publicó AIM.
En los fundamentos del proyecto, Monge recuerda que “la experiencia indica que en infinidad de casos, los representantes procesales del Estado de Entre Ríos, en el ejercicio de la defensa de los intereses del mismo, plantean la vía recursiva generalmente hasta agotar todas las instancias. Ello así, en muchos casos, lejos de ser la mejor solución, lo que conlleva es a una elongación innecesaria de los procesos judiciales con mayores gastos para el fisco, además de dilaciones para el demandante”.
El diamantino refiere que la articulación de recursos –aún en casos donde la posición estatal en el pleito es claramente desfavorable para ésta en cuanto a pruebas, doctrina y antecedentes jurisprudenciales, puede estar motiva para aventar cualquier sospecha o duda de connivencia con la otra parte. “Lo mismo puede ocurrir en cierta medida, en otros casos, en el fuero íntimo de quienes tienen la facultad legal de acceder o no a un acuerdo transaccional.
En esa inteligencia, la Comisión de Transacciones Judiciales propuesta a través de esta iniciativa va en camino de contribuir a aventar todas esas posibles dudas”.
Con el texto propuesto, la intervención de la Comisión será obligatoria en toda transacción pero el dictamen que produzca, no será vinculante.
En la Constitución reformada
Monge consigna que en la Convención Constituyente de 2008, “propusimos – mediante el expediente 1262 ingresado el seis de mayo de 2008 – incorporar al texto magno entrerriano, igual que lo ha hecho la Constitución de la provincia de Rio Negro – un artículo estableciendo la creación de la comisión de transacciones judiciales (http://convencion.hcder.gov.ar/consultaexpedientes/exped.php?as_id=1262)”.
Dicho proyecto, tomó como fuente al artículo 194º de la Constitución rionegrina y postulaba la consagración del siguiente artículo: “corresponde a la Comisión de Transacciones Judiciales dictaminar sobre toda propuesta de transacción que sea recibida, o promovida por los órganos que ejercen la representación del Estado provincial, a causa de juicios que revistan trascendencia económica, social o política, teniendo en cuenta la conveniencia patrimonial y de conformidad con los principios éticos propios de la actividad del Estado. La ley establecerá la organización, funciones, competencia y procedimientos de la Comisión de Transacciones Judiciales”, publicó AIM.
DE LA REDACCION
EL ARGENTINO/Agencia
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