Sigue pendiente el debate por el trabajo de los ‘patovicas’ en la seguridad de los boliches
Se espera que su sanción se produzca a la brevedad frente a la temporada estival que se avecina. "Queremos tener la certeza de que está regulado un sistema que esté relacionado con la seguridad de nuestros hijos", dijo el senador autor del proyecto.
El proyecto de ley que reglamenta la actividad de la seguridad privada, comúnmente denominados ‘patovicas’, sigue en comisión. Su autor, el senador Oscar Arletazz (PJ-Colón), confirmó que hubo avances en su redacción, aunque el texto no llegó aún al recinto.
Es pertinente pensar en su sanción para que Diputados pueda tratarlo. Queremos tener la certeza de que está regulado un sistema que esté relacionado con la seguridad de nuestros hijos, precisó el legislador y no descartó que en las próximas semanas haya un pronunciamiento del cuerpo sobre su propuesta.
Arletazz recordó que el objetivo de su iniciativa es regular y registrar la actividad de los ‘patovicas’, entendiendo como tales al personal civil que desempeña tareas de seguridad. El proyecto busca ponerle un coto a la violencia injustificada en los espectáculos públicos y privados, en especial en los boliches, donde los jóvenes son víctimas del accionar de personas, que a pesar de estar encargadas de la seguridad, en la mayoría de los casos no cuentan con la preparación necesaria.
También intenta regular la actividad de los ‘patovicas’, con la consecuente creación de un registro y la implementación de un curso de capacitación obligatorio para quienes trabajen o deseen trabajar como guardia de seguridad.
En caso de avanzar el proyecto de Arlettaz, los ‘patovicas’ tendrán que presentar certificado de antecedentes penales, no ser personal activo en una fuerza de seguridad y acreditar aptitud psicológica. También se anotarán en un registro único, se capacitarán en derechos humanos y estarán identificados con una credencial. Además no podrán portar armas, deberán ser mayores de 21 años y empleados bajo relación de dependencia laboral directa de la persona o empresa titular del lugar de entretenimiento o, en su caso, de una empresa prestadora del servicio. Asimismo, los custodios deberán contar con dos años de residencia efectiva en la provincia y haber cumplido con la educación obligatoria. Por último, entre las prohibiciones se establece que no podrán desempeñarse en la actividad personas condenadas por delitos de lesa humanidad o exonerados de las fuerzas de seguridad.
La ley obliga a los locales a contar con un controlador cada 80 personas, a contratar un seguro que cubra los eventuales daños ocasionados a los concurrentes y a terceros, y tener un libro de novedades rubricado por la autoridad de aplicación. De la misma manera, los locales que cuenten con sistema de grabaciones deberán conservar las cintas por 90 días, en tanto que las causales de admisión y permanencia que se fijen deben ser colocadas en un lugar público.
El proyecto de ley prescribe que las personas podrán ser retiradas de los lugares cuando tengan actitudes violentas, provoquen disturbios, estén alcoholizadas o con evidentes síntomas de haber consumido sustancias alucinógenas o estupefacientes. Si el concurrente está ebrio, los custodios deberán alertar a personal municipal en el lugar para evitar situaciones que pongan en riesgo su persona o la de terceros, como por ejemplo que se retire del lugar conduciendo un vehículo. También podrá ser retirada una persona por portar armas, pirotecnia o símbolos de carácter racista o xenófobo.
El Ministerio de Gobierno, a través de la Policía, será el encargado de la habilitación del custodio mediante la expedición de un carné profesional. La credencial, que tendrá la leyenda Control de Admisión y Permanencia, deberá estar en un lugar visible del cuerpo del guardia.
En caso de la comisión de una infracción grave se cancelará la habilitación del trabajador, previa audiencia con el interesado, por cinco años; y de cometer una infracción leve, la suspensión será temporal y no superior a un año. Igualmente, el proyecto de ley establece multas de entre 500 a 5 mil pesos para los patovicas infractores.
Por otra parte, los titulares de los establecimientos cuyos empleados cometan abusos tendrán que pagar multas que van de 50 a 200 pesos, según la cantidad de personas para las cuales el establecimiento tenga capacidad habilitada; mientras que por una infracción grave, la multa sube de 200 a 500 pesos. En caso de reincidencia o infracciones múltiples, se incrementará hasta el 100%.
Fuente: RN.
Es pertinente pensar en su sanción para que Diputados pueda tratarlo. Queremos tener la certeza de que está regulado un sistema que esté relacionado con la seguridad de nuestros hijos, precisó el legislador y no descartó que en las próximas semanas haya un pronunciamiento del cuerpo sobre su propuesta.
Arletazz recordó que el objetivo de su iniciativa es regular y registrar la actividad de los ‘patovicas’, entendiendo como tales al personal civil que desempeña tareas de seguridad. El proyecto busca ponerle un coto a la violencia injustificada en los espectáculos públicos y privados, en especial en los boliches, donde los jóvenes son víctimas del accionar de personas, que a pesar de estar encargadas de la seguridad, en la mayoría de los casos no cuentan con la preparación necesaria.
También intenta regular la actividad de los ‘patovicas’, con la consecuente creación de un registro y la implementación de un curso de capacitación obligatorio para quienes trabajen o deseen trabajar como guardia de seguridad.
En caso de avanzar el proyecto de Arlettaz, los ‘patovicas’ tendrán que presentar certificado de antecedentes penales, no ser personal activo en una fuerza de seguridad y acreditar aptitud psicológica. También se anotarán en un registro único, se capacitarán en derechos humanos y estarán identificados con una credencial. Además no podrán portar armas, deberán ser mayores de 21 años y empleados bajo relación de dependencia laboral directa de la persona o empresa titular del lugar de entretenimiento o, en su caso, de una empresa prestadora del servicio. Asimismo, los custodios deberán contar con dos años de residencia efectiva en la provincia y haber cumplido con la educación obligatoria. Por último, entre las prohibiciones se establece que no podrán desempeñarse en la actividad personas condenadas por delitos de lesa humanidad o exonerados de las fuerzas de seguridad.
La ley obliga a los locales a contar con un controlador cada 80 personas, a contratar un seguro que cubra los eventuales daños ocasionados a los concurrentes y a terceros, y tener un libro de novedades rubricado por la autoridad de aplicación. De la misma manera, los locales que cuenten con sistema de grabaciones deberán conservar las cintas por 90 días, en tanto que las causales de admisión y permanencia que se fijen deben ser colocadas en un lugar público.
El proyecto de ley prescribe que las personas podrán ser retiradas de los lugares cuando tengan actitudes violentas, provoquen disturbios, estén alcoholizadas o con evidentes síntomas de haber consumido sustancias alucinógenas o estupefacientes. Si el concurrente está ebrio, los custodios deberán alertar a personal municipal en el lugar para evitar situaciones que pongan en riesgo su persona o la de terceros, como por ejemplo que se retire del lugar conduciendo un vehículo. También podrá ser retirada una persona por portar armas, pirotecnia o símbolos de carácter racista o xenófobo.
El Ministerio de Gobierno, a través de la Policía, será el encargado de la habilitación del custodio mediante la expedición de un carné profesional. La credencial, que tendrá la leyenda Control de Admisión y Permanencia, deberá estar en un lugar visible del cuerpo del guardia.
En caso de la comisión de una infracción grave se cancelará la habilitación del trabajador, previa audiencia con el interesado, por cinco años; y de cometer una infracción leve, la suspensión será temporal y no superior a un año. Igualmente, el proyecto de ley establece multas de entre 500 a 5 mil pesos para los patovicas infractores.
Por otra parte, los titulares de los establecimientos cuyos empleados cometan abusos tendrán que pagar multas que van de 50 a 200 pesos, según la cantidad de personas para las cuales el establecimiento tenga capacidad habilitada; mientras que por una infracción grave, la multa sube de 200 a 500 pesos. En caso de reincidencia o infracciones múltiples, se incrementará hasta el 100%.
Fuente: RN.
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