Suspenden la aplicación de multas a embarcaciones no inscriptas
La Administradora Tributaria de Entre Ríos (ATER) suspendió transitoriamente la aplicación de multas a propietarios de embarcaciones que no se adhirieron al régimen de inscripción o reempadronamiento dispuesto por el organismo.
La suspensión rige por treinta días hábiles contados a partir del 9 de octubre, según la información oficial y se indicó que buscan así “profundizar la actualización del padrón de contribuyentes al Impuesto Automotor”.
El organismo argumentó la suspensión en que existe “un número de contribuyentes que por cuestiones de índoles técnicas no pudieron ingresar en el citado régimen”.
También indicó que “a los efectos de profundizar la actualización del padrón de contribuyentes del Impuesto a los Automotores, se estima conveniente suspender transitoriamente la aplicación del artículo mencionado, a los fines que los sujetos que se inscriban en el tributo, durante la vigencia de la presente, no sean sancionadas con dicha multa”.
El régimen de regularización fue dispuesto el año pasado a través de la resolución Nº 282 . Allí se estableció la inscripción o reempadronamiento de las embarcaciones valuadas en más de diez mil pesos, que estén afectadas al uso deportivo o de recreación y que tengan lugar de guarda en jurisdicción entrerriana, aunque estuviesen registradas en otras provincias.
El artículo 6º de dicha resolución fijó una multa automática de cinco mil pesos para quienes no adhirieran al régimen.
El organismo argumentó la suspensión en que existe “un número de contribuyentes que por cuestiones de índoles técnicas no pudieron ingresar en el citado régimen”.
También indicó que “a los efectos de profundizar la actualización del padrón de contribuyentes del Impuesto a los Automotores, se estima conveniente suspender transitoriamente la aplicación del artículo mencionado, a los fines que los sujetos que se inscriban en el tributo, durante la vigencia de la presente, no sean sancionadas con dicha multa”.
El régimen de regularización fue dispuesto el año pasado a través de la resolución Nº 282 . Allí se estableció la inscripción o reempadronamiento de las embarcaciones valuadas en más de diez mil pesos, que estén afectadas al uso deportivo o de recreación y que tengan lugar de guarda en jurisdicción entrerriana, aunque estuviesen registradas en otras provincias.
El artículo 6º de dicha resolución fijó una multa automática de cinco mil pesos para quienes no adhirieran al régimen.
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