El HCD debatirá este mes dos ordenanzas de importancia
El Concejo Deliberante discutirá en las próximas dos semanas un proyecto de ordenanza de plusvalía de la tierra y la reducción del salario de los concejales al modificar la ordenanza de enganche cuyos aumentos salariales se equiparaba a un porcentaje del incremento salarial de un juez de Cámara de la provincia.
La semana que viene en reuniones conjunta se seguirá discutiendo el proyecto de Plusvalía de la tierra basada en que las rentas extraordinarias generadas por la inversión pública, actualmente capturadas por empresas inmobiliarias y particulares, deben gestionarse en favor de programas sociales que garanticen el derecho a la vivienda y a una vida digna a los sectores que habitan en condiciones precarias y en situación de riesgo.
El proyecto propone favorecer a la Municipalidad de Gualeguaychú el derecho de participación en la renta diferencial aplicable a todas las personas físicas o jurídicas, propietarias o poseedoras, de inmuebles que se encuentren ubicados dentro de la planta urbana municipal y que hubieran resultado pasibles de un mayor valor, ajeno a las acciones realizadas por el propietario o poseedor en función de las obras públicas o actos político-administrativos realizados por el estado municipal, así como a los emprendimientos que produzcan externalidades sociales, ambientales y urbanísticas dentro del área.
La participación en la renta diferencial generada como resultado de la ampliación de las áreas urbanas y suburbanas, se dará cuándo se incorporen las áreas urbanas y suburbanas inmuebles clasificados dentro del espacio territorial como área rural.
Se establecerá el precio comercial de las parcelas en cada una de las zonas o sub-zonas beneficiarias con características ambientales y económicas homogéneas, antes de la acción urbanística generadora del incremento de rentas. Esta determinación se hará una vez que se expida el acto administrativo que defina la nueva clasificación de las parcelas afectadas.
Una vez que se apruebe la modificación de las normas específicas de las zonas beneficiarias, mediante las cuáles se asignen usos, intensidades de edificación y zonificación, se determinará el nuevo precio comercial de las parcelas comprendidas dentro de las correspondientes zonas, como equivalente al precio por metro cuadrado de inmuebles con características similares de zonificación, uso, intensidad de uso, y localización. Este precio se denominará nuevo precio de referencia.
La renta diferencial para cada parcela individual será igual al mayor valor por metro cuadrado, multiplicado por el total de la superficie objeto de la participación en la renta, debiendo celebrase el correspondiente convenio urbanístico en particular fijando los plazos, condiciones, garantías y formas de pago para su debido cumplimiento.
Retribución mensual a los concejales
En tanto se estudia la derogación de la ordenanza de “enganche”, sancionada en 2011 que establece la recomposición salarial del intendente, el viceintendente y los concejales de acuerdo a una escala porcentual sujeta al incremento salarial de un juez de cámara.
En el nuevo proyecto de ordenanza se establece que la retribución mensual del presidente municipal desde el día 1° de septiembre de 2.014, es la suma equivalente a trece sueldos básicos de la categoría N° 10 del escalafón general del personal de planta permanente de la Municipalidad de Gualeguaychú.
Se establece en concepto de gastos de representación una suma representativa del cincuenta por ciento del importe que resulte de lo 13 sueldos.
La retribución mensual del vicepresidente municipal será el equivalente al ochenta y cinco por ciento de la retribución mensual establecida del monto total de los 13 sueldos.
Y para los concejales será del 65 por ciento siempre del mismo monto de los 13 sueldos del escalafón general.
Para el vicepresidente municipal y para los concejales, se le asignará un monto por viáticos equivalente al quince por ciento de los haberes básicos de cada uno de ellos, los cuales deberán rendirse y liquidarse de manera periódica.
A su vez el proyecto solicita la publicación periódica en la página institucional de Internet del municipio de los haberes de cada mes del intendente, vice y concejales.
El proyecto propone favorecer a la Municipalidad de Gualeguaychú el derecho de participación en la renta diferencial aplicable a todas las personas físicas o jurídicas, propietarias o poseedoras, de inmuebles que se encuentren ubicados dentro de la planta urbana municipal y que hubieran resultado pasibles de un mayor valor, ajeno a las acciones realizadas por el propietario o poseedor en función de las obras públicas o actos político-administrativos realizados por el estado municipal, así como a los emprendimientos que produzcan externalidades sociales, ambientales y urbanísticas dentro del área.
La participación en la renta diferencial generada como resultado de la ampliación de las áreas urbanas y suburbanas, se dará cuándo se incorporen las áreas urbanas y suburbanas inmuebles clasificados dentro del espacio territorial como área rural.
Se establecerá el precio comercial de las parcelas en cada una de las zonas o sub-zonas beneficiarias con características ambientales y económicas homogéneas, antes de la acción urbanística generadora del incremento de rentas. Esta determinación se hará una vez que se expida el acto administrativo que defina la nueva clasificación de las parcelas afectadas.
Una vez que se apruebe la modificación de las normas específicas de las zonas beneficiarias, mediante las cuáles se asignen usos, intensidades de edificación y zonificación, se determinará el nuevo precio comercial de las parcelas comprendidas dentro de las correspondientes zonas, como equivalente al precio por metro cuadrado de inmuebles con características similares de zonificación, uso, intensidad de uso, y localización. Este precio se denominará nuevo precio de referencia.
La renta diferencial para cada parcela individual será igual al mayor valor por metro cuadrado, multiplicado por el total de la superficie objeto de la participación en la renta, debiendo celebrase el correspondiente convenio urbanístico en particular fijando los plazos, condiciones, garantías y formas de pago para su debido cumplimiento.
Retribución mensual a los concejales
En tanto se estudia la derogación de la ordenanza de “enganche”, sancionada en 2011 que establece la recomposición salarial del intendente, el viceintendente y los concejales de acuerdo a una escala porcentual sujeta al incremento salarial de un juez de cámara.
En el nuevo proyecto de ordenanza se establece que la retribución mensual del presidente municipal desde el día 1° de septiembre de 2.014, es la suma equivalente a trece sueldos básicos de la categoría N° 10 del escalafón general del personal de planta permanente de la Municipalidad de Gualeguaychú.
Se establece en concepto de gastos de representación una suma representativa del cincuenta por ciento del importe que resulte de lo 13 sueldos.
La retribución mensual del vicepresidente municipal será el equivalente al ochenta y cinco por ciento de la retribución mensual establecida del monto total de los 13 sueldos.
Y para los concejales será del 65 por ciento siempre del mismo monto de los 13 sueldos del escalafón general.
Para el vicepresidente municipal y para los concejales, se le asignará un monto por viáticos equivalente al quince por ciento de los haberes básicos de cada uno de ellos, los cuales deberán rendirse y liquidarse de manera periódica.
A su vez el proyecto solicita la publicación periódica en la página institucional de Internet del municipio de los haberes de cada mes del intendente, vice y concejales.
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