Competencia desleal
Las reglas claras y los controles rigurosos son dos herramientas indispensables para que el comercio pueda tener una mejor y leal competencia.
Sin embargo, en Gualeguaychú la Municipalidad todavía no pudo establecer un sistema de monitoreo y control efectivo sobre la venta de automóviles en la vía pública que no son de los particulares sino que detrás hay una “concesionaria” no habilitada.
La Ordenanza que prohíbe esta práctica es muy clara, directa y tal vez sea una de las normas más cortas que se hayan redactado en el Honorable Concejo Deliberante. Consta de un único artículo que establece la prohibición del “estacionamiento de automóviles, camiones, tractores, acoplados, motocicletas, y bicicletas en la vía pública, cuando estos se encuentren para la venta o subasta”. No dice ni agrega nada más, porque ahí está todo lo que debería controlar un inspector Municipal.
Es bueno recordarles a los inspectores municipales que se trata de la Ordenanza número 7012 y que data del año 1964, porque parece que en Gualeguaychú el área de Inspección, Habilitación y Control no la conoce, a juzgar por la cada vez más oferta callejera de ventas de automóviles que no son de particulares.
Está claro que el dejar que se desarrolle esa clase de comercio atenta contra la competencia leal de quienes instalan una concesionaria, pagan un alquiler o adquieren la propiedad, además de estar inscriptos para sus aportes tributarios e impositivos.
En cambio, estas concesionarias a cielo abierto –que con como una “saladita” del automotor- además de estar infringiendo la norma, ocupan de manera indebida con el estacionamiento de sus unidades en casi toda la cuadra y a veces más. Incluso son visibles aquellos “emprendimientos” que ocupan las dos calzadas, constituyendo un abuso que deja a los frentistas sin oportunidad para estacionar sus vehículos.
Ahora bien: si son visibles para el común de los mortales, ¿por qué la Municipalidad no los observa? Este dejar hacer es el mejor aliado de aquellos que no compiten comercialmente de manera leal. Y el Estado en vez de garantizar elementales normas de convivencia y de control, no actúa como corresponde. Esto genera sospecha, guste o no al Departamento Ejecutivo Municipal.
¿Por qué no se articula un operativo conjunto entre la Afip, la Agencia Tributaria de Entre Ríos (Ater) la Policía y la Municipalidad? Eso tampoco puede ser respondido, dado que forma parte de la cultura de la anomia que caracteriza al Estado Municipal, en gran parte a la Provincia e incluso a la Nación en esta materia.
Los concesionarios de automóviles alguna vez intentaron que se concentre la atención en este tema, pero por lo visto no han sido escuchados como corresponde. Mientras tanto, la competencia desleal hace añicos las mejores intenciones de un comercio que está legalmente establecido.
¿Es importante respetar las Ordenanzas? La respuesta es una obviedad, pero es necesario formular el interrogante, justamente para que el Departamento Ejecutivo reaccione porque a la vista de todos los vecinos parecería decirse que no es importante hacer cumplir la ley.
La Ordenanza que prohíbe esta práctica es muy clara, directa y tal vez sea una de las normas más cortas que se hayan redactado en el Honorable Concejo Deliberante. Consta de un único artículo que establece la prohibición del “estacionamiento de automóviles, camiones, tractores, acoplados, motocicletas, y bicicletas en la vía pública, cuando estos se encuentren para la venta o subasta”. No dice ni agrega nada más, porque ahí está todo lo que debería controlar un inspector Municipal.
Es bueno recordarles a los inspectores municipales que se trata de la Ordenanza número 7012 y que data del año 1964, porque parece que en Gualeguaychú el área de Inspección, Habilitación y Control no la conoce, a juzgar por la cada vez más oferta callejera de ventas de automóviles que no son de particulares.
Está claro que el dejar que se desarrolle esa clase de comercio atenta contra la competencia leal de quienes instalan una concesionaria, pagan un alquiler o adquieren la propiedad, además de estar inscriptos para sus aportes tributarios e impositivos.
En cambio, estas concesionarias a cielo abierto –que con como una “saladita” del automotor- además de estar infringiendo la norma, ocupan de manera indebida con el estacionamiento de sus unidades en casi toda la cuadra y a veces más. Incluso son visibles aquellos “emprendimientos” que ocupan las dos calzadas, constituyendo un abuso que deja a los frentistas sin oportunidad para estacionar sus vehículos.
Ahora bien: si son visibles para el común de los mortales, ¿por qué la Municipalidad no los observa? Este dejar hacer es el mejor aliado de aquellos que no compiten comercialmente de manera leal. Y el Estado en vez de garantizar elementales normas de convivencia y de control, no actúa como corresponde. Esto genera sospecha, guste o no al Departamento Ejecutivo Municipal.
¿Por qué no se articula un operativo conjunto entre la Afip, la Agencia Tributaria de Entre Ríos (Ater) la Policía y la Municipalidad? Eso tampoco puede ser respondido, dado que forma parte de la cultura de la anomia que caracteriza al Estado Municipal, en gran parte a la Provincia e incluso a la Nación en esta materia.
Los concesionarios de automóviles alguna vez intentaron que se concentre la atención en este tema, pero por lo visto no han sido escuchados como corresponde. Mientras tanto, la competencia desleal hace añicos las mejores intenciones de un comercio que está legalmente establecido.
¿Es importante respetar las Ordenanzas? La respuesta es una obviedad, pero es necesario formular el interrogante, justamente para que el Departamento Ejecutivo reaccione porque a la vista de todos los vecinos parecería decirse que no es importante hacer cumplir la ley.
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