Está vigente la prohibición de pulverizaciones urbanas
La Dirección de Salud de la Municipalidad, recordó ayer que está vigente la Ordenanza Nº 11197/08, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante, que establece la prohibición de pulverizaciones aéreas y terrestres de arrastre y autopropulsadas dentro del ejido municipal.
En dicha norma se ha tenido en cuenta la mejora en la calidad de vida y más dignidad para los habitantes de la comunidad. En los considerandos se da cuenta de la temática y a raíz de la existencia de (…) plantaciones que requieren el uso de herbicidas, plaguicidas o agrotóxicos que ponen en riesgo la salud de la población”.
Asimismo también se ha considerado que han cambiado las modalidades de la práctica agrícola y que es “necesario ejercer un mayor control sobre las aplicación y utilización de plaguicidas, para evitar la contaminación del medio ambiente y daños sobre las personas”.
La Ordenanza dispone en sus principales artículos, las prohibiciones de “pulverizaciones aéreas y terrestres de arrastre y autopropulsadas dentro del ejido municipal” (art. 1º) y el “descarte y abandono o incineración de envases de cualquier tipo, que hayan contenido productos químicos de uso agropecuario o forestal” (art. 3º) y que “el tránsito y permanencia de las maquinarias en el ámbito del ejido, deberá hacerse previa limpieza de las mismas.” (art. 2º).
También establece que ante el incumplimiento de esta normativa se podrá notificarse al órgano administrativo mediante denuncia telefónica al número 105 que corresponde al Plan de Vigilancia Ambiental.
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