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Diario El Argentinosábado 27 de abril de 2024
Ciudad

Se adjudicó la Línea de Colectivo N° 4 y la 1 y 5 fueron declaradas desiertas

Se adjudicó la Línea de Colectivo N° 4 y la 1 y 5 fueron declaradas desiertas

A través de los Decretos 531, 536 y 592, el Departamento Ejecutivo Municipal (DEM) resolvió la licitación de las líneas de transporte público. Las licitaciones de las Líneas 1 y 5 fueron declaradas desiertas, mientras que la Línea 4 fue adjudicada a Delcausse Hnos.


Desde la Municipalidad se informó que una vez que se notifica a los oferentes, deben transcurrir cinco días para que la resolución quede firme. En caso de que los notificados rechacen alguna de las condiciones, pueden impugnar la decisión del DEM.
En los decretos se especifican las razones por las que se declararon desiertas las licitaciones.
En el caso de la línea 5 se indicó que “no cumple con la propuesta operativa en relación a cuatro unidades ofrecidas que exceden de la antigüedad máxima de diez años, ni en relación a las frecuencias de los ramales B y C exigidas en el Artículo 9º del Pliego de Condiciones Particulares quince minutos, ni tampoco en relación a la exigencia de señalizar las paradas y de construir y entregar refugios para el resguardo de las personas previstos en el Artículo 22º del Pliego de Condiciones Particulares y el anexo III de los Pliegos Licitatorios”, se lee en el Decreto 592/17.
Respecto a la Línea 1, se determinó que “la falta de incorporación del Ramal B de la Línea Nº 1 en la oferta, tal como ha sido exigida en el Anexo I de los Pliegos Licitatorios, a criterio de la Comisión, conlleva al rechazo de la única oferta presentada y consecuentemente amerita declarar fracasada la presente Licitación”, sostiene el Decreto 531/2017.
Las líneas que fueron declaradas desiertas serán licitadas nuevamente en mayo. Es importante remarcar que la regularización del servicio público de pasajeros dentro de la ciudad es un acto de transparencia que se realiza desde el gobierno municipal. El objetivo de las licitaciones, tal como lo indica la Ordenanza en la que se basan, es el objeto de satisfacer con continuidad, regularidad, generalidad, obligatoriedad y uniformidad, en igualdad de condiciones para todos los usuarios, las necesidades de carácter general en materia de transporte colectivo.
 

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