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Diario El Argentinosábado 27 de abril de 2024
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Mattiauda pide reforzar la entrega de elementos de bioseguridad al personal de salud y seguridad

Mattiauda pide reforzar la entrega  de elementos de bioseguridad  al personal de salud y seguridad

El diputado provincial del PRO, Nicolás Mattiauda, presentó un proyecto de Ley para que el Gobierno de Entre Ríos asegure la entrega de equipamiento preventivo adecuado a los agentes de salud y de la policía, todos considerados servicios esenciales, para que puedan desarrollar las tareas correspondientes a cada área minimizando la posibilidad de ser contagiados con el COVID-19.


Para el legislador, hay trabajadores de los sectores mencionados que “no cuentan con los elementos preventivos necesarios ni de la calidad exigida para una pandemia” y por lo tanto “corren serio riesgo de contagiarse” con coronavirus.

En ese sentido, el proyecto presentado esta semana en la Cámara Baja exige al Ejecutivo provincial la entrega del equipamiento adecuado en el marco de la emergencia sanitaria y epidemiológica, y determina que al personal de la fuerza de seguridad se le deben suministrar “barbijos de homologada calidad, guantes de látex, alcohol en gel y todo elemento de seguridad que resulte necesario”.

Los receptores del equipamiento serán “los efectivos que se encuentren sujetos a los controles de circulación que se realizan continuamente en distintos puntos de la provincia, que deban cumplir con guardias en establecimientos de atención al público, y aquellos que de una u otra forma se encuentren expuestos por el contacto continuo con otras personas”, según menciona el artículo 2º del proyecto.

Mattiauda entiende que la falta de elementos preventivos en las fuerzas de seguridad “afectó el despliegue y los controles rigurosos que la policía realizó los primeros días de cuarentena, viéndose una flexibilización de hecho en las ciudades por la falta de movilización de efectivos en las calles”. “Se observa que el personal circula en patrulleros y en la mayoría de los casos no cuentan con barbijos ni guantes de látex”, advirtió.

Respecto del personal de salud, en el artículo 3º del proyecto se determina la adhesión a las “Recomendaciones para el uso de los EPP” (elementos de protección personal) efectuados por el Ministerio de Salud de la Nación, en base a las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud (OMS), y en consecuencia se solicita “la entrega efectiva e inmediata de los adecuados elementos de seguridad requeridos para el desarrollo de cada una de las actividades allí clasificadas, de acuerdo con el grado de exposición”.

En los fundamentos del proyecto, Mattiauda planteó que “resulta insoslayable asegurar una adecuada protección” del personal de la salud y de las fuerzas de seguridad “atento a las tareas esenciales, imprescindibles e insustituibles de control, prevención, traslado y tratamiento epidemiológico, que realizan para combatir y superar las contingencias generadas por el COVID-19”.

Remarcó además que “en muchos casos las medidas no han sido extremadas, dando lugar a pedidos y presentaciones judiciales de trabajadores del sistema sanitario contra el Ministerio de Salud de la Provincia”.

Y en este sentido mencionó “el caso de las acciones de amparo interpuestas por trabajadores de la localidad de Concordia, ordenándose al demandado el otorgamiento de los elementos de protección solicitados, todo lo cual denota una deficiente cobertura por parte de dicho organismo”.

“El panorama actual de emergencia exige la implementación legislativa de estas medidas, para asegurar una adecuada prestación de estas actividades, lo cual beneficiará no solo a quienes arriesgan su integridad física - e incluso su vida - en pos del bien común, sino también a la comunidad en su conjunto, al asegurarle el desarrollo ininterrumpido y constante de estos servicios”, puntualizó Mattiauda en los fundamentos del proyecto.

En los artículos 4º y 5º se invita a los Municipios y Comunas de Entre Ríos adherir a la Ley y se plantea la reglamentación de la operatividad del sistema de forma inmediata a su sanción, en un plazo que no podrá superar los 10 días.

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