Caso del apuñalado en el B° Munilla
La Fiscalía pidió 7 años y medio de prisión para Francisco Ríos
Se lo imputa de ser el “autor exclusivo” de haberle ocasionado una herida en el tórax con el pico de una botella de vidrio a Osvaldo Torcuato Gutiérrez. La defensa pidió la pena mínima de carácter condicional. Por el hecho fueron imputados seis hombres, todos domiciliados en el barrio portuario.
El Tribunal de Juicios y Apelaciones de Gualeguaychú e Islas del Ibicuy, integrado por la doctora Alicia Vivian, como presidenta, y los doctores Arturo Dumón y Mario Figueroa, escucharon al último testigo de la causa cuya audiencia comenzó a principio de septiembre y ayer se realizaron los alegatos finales. La fecha de la sentencia fue fijada para el lunes 20 de octubre a las 12:30.
El médico cirujano Pablo Corfield estaba en la Guardia del Hospital “Centenario” en la madrugada del 25 de diciembre de 2012, y fue quien atendió a Osvaldo Torcuato Gutiérrez, quien tuvo que ser intervenido de urgencia por haber recibido un puntazo con el cuello de una botella de vidrio en las inmediaciones de avenida Del Valle y 3 de Febrero.
En la Guardia del nosocomio se comprobó que la herida había sido en el lado izquierdo tórax, con hemorragia externa y con peligro de vida.
Tras la exitosa intervención quirúrgica, Gutiérrez logró recuperarse y hoy se encuentra alojado en el penal local, purgando una condena por un hecho posterior a aquél episodio del 2012.
El hecho de sangre fue el epílogo de una fuerte discusión con al menos seis personas del mismo barrio, donde a 24 horas de acontecido el episodio la Policía realizó un allanamiento por orden judicial impartida por el juez de Instrucción N° 1, doctor Eduardo García Jurado.
En el procedimiento fueron detenidos Martín Ríos, Exequiel Ríos, Francisco Daniel Ríos (a)“Bolita”, Néstor Terra, Hugo Jerez y Fabián Terra, todos mayores de edad.
La investigación del Ministerio Público Fiscal a cargo del doctor Mauricio Derudi, determinó que no hubo pruebas suficientes para incriminar a Hugo Jerez y Fabián Terra, por lo cual ayer quedaron absueltos.
Del resto de los imputados el más comprometido, de acuerdo a las pruebas relevadas y analizadas por Fiscalía, es Francisco Daniel “Bolita” Ríos, quien para la Fiscalía fue el autor del ‘puntazo’ a la altura de tórax de Gutiérrez.
Derudi -tras haber detallado toda la línea cronológica de lo sucedido en la madrugada de la Navidad del 2012, y narrado las testimoniales de los testigos-, concluyó que Francisco Daniel Ríos es el autor penalmente responsable de “Homicidio simple en grado de tentativa”, en conformidad con los artículos 42 y 79 del Código Penal de la Nación, por lo que la Fiscalía solicitó se le imponga la pena de 7 años y 6 meses, de cumplimiento efectivo.
Martín Ríos, Exequiel Ríos y Néstor Terra fueron imputados como coautores del hecho “y configurativa de las lesiones graves del concurso premeditado de dos o más personas en conformidad de los artículos 90, 92 y 80 inciso 6to del Código Penal de la Nación”, por haber participado en el intento de agresión a Gutiérrez, con un palo, botella y una gomera. Por ello la Fiscalía solicitó 4 años y seis meses para los dos primeros y 5 años de cumplimiento efectivo para Néstor Terra, quien es defendido por el defensor de Pobres y Menores Penal, Pablo Ledesma.
La defensa de “Bolita” Ríos
El doctor Pablo Dillolo, abogado de Francisco Ríos, rebatió a la Fiscalía destacando que hubo “una tergiversación de los hechos”, al tiempo que adhirió al hecho absolutorio de Fabián Terra y Hugo Jerez.
En tanto cuestionó el tratamiento de la “plataforma fáctica” que es la forma en que sucedieron los hechos, y agregó “también me llamó la atención la reconstrucción parcial del hecho por parte del Ministerio Público Fiscal”.
Resaltó que “hubo una suerte de tergiversación de los dichos de algunos de los testigos. Evidentemente no dijeron lo que el Ministerio Público dijo sino que dijeron absolutamente otra cosa y a esto lo sustento en la video filmación”, cuya cámara grava durante el desarrollo del juicio.
Dillolo, manifestó que ninguno de los testigos presentados por la Fiscalía fueron testigos presenciales del momento en que Gutiérrez fuera lesionado.
A su vez el abogado defensor señaló que durante la investigación judicial, “el dolo no quedó acreditado porque (Ríos) lo cortó una sola vez y no fue una herida de alto riesgo”.
El dolo es la voluntad deliberada de cometer un delito a sabiendas de su ilicitud, lo que de probarse agrava la pena en cualquier intento de homicidio.
Al finalizar el alegato, Dillolo, recordó que Ríos no tiene antecedentes penales y pidió que se le otorgue la pena mínima, en carácter condicional.
El Tribunal dará a conocer la sentencia el lunes 20 de octubre.
El médico cirujano Pablo Corfield estaba en la Guardia del Hospital “Centenario” en la madrugada del 25 de diciembre de 2012, y fue quien atendió a Osvaldo Torcuato Gutiérrez, quien tuvo que ser intervenido de urgencia por haber recibido un puntazo con el cuello de una botella de vidrio en las inmediaciones de avenida Del Valle y 3 de Febrero.
En la Guardia del nosocomio se comprobó que la herida había sido en el lado izquierdo tórax, con hemorragia externa y con peligro de vida.
Tras la exitosa intervención quirúrgica, Gutiérrez logró recuperarse y hoy se encuentra alojado en el penal local, purgando una condena por un hecho posterior a aquél episodio del 2012.
El hecho de sangre fue el epílogo de una fuerte discusión con al menos seis personas del mismo barrio, donde a 24 horas de acontecido el episodio la Policía realizó un allanamiento por orden judicial impartida por el juez de Instrucción N° 1, doctor Eduardo García Jurado.
En el procedimiento fueron detenidos Martín Ríos, Exequiel Ríos, Francisco Daniel Ríos (a)“Bolita”, Néstor Terra, Hugo Jerez y Fabián Terra, todos mayores de edad.
La investigación del Ministerio Público Fiscal a cargo del doctor Mauricio Derudi, determinó que no hubo pruebas suficientes para incriminar a Hugo Jerez y Fabián Terra, por lo cual ayer quedaron absueltos.
Del resto de los imputados el más comprometido, de acuerdo a las pruebas relevadas y analizadas por Fiscalía, es Francisco Daniel “Bolita” Ríos, quien para la Fiscalía fue el autor del ‘puntazo’ a la altura de tórax de Gutiérrez.
Derudi -tras haber detallado toda la línea cronológica de lo sucedido en la madrugada de la Navidad del 2012, y narrado las testimoniales de los testigos-, concluyó que Francisco Daniel Ríos es el autor penalmente responsable de “Homicidio simple en grado de tentativa”, en conformidad con los artículos 42 y 79 del Código Penal de la Nación, por lo que la Fiscalía solicitó se le imponga la pena de 7 años y 6 meses, de cumplimiento efectivo.
Martín Ríos, Exequiel Ríos y Néstor Terra fueron imputados como coautores del hecho “y configurativa de las lesiones graves del concurso premeditado de dos o más personas en conformidad de los artículos 90, 92 y 80 inciso 6to del Código Penal de la Nación”, por haber participado en el intento de agresión a Gutiérrez, con un palo, botella y una gomera. Por ello la Fiscalía solicitó 4 años y seis meses para los dos primeros y 5 años de cumplimiento efectivo para Néstor Terra, quien es defendido por el defensor de Pobres y Menores Penal, Pablo Ledesma.
La defensa de “Bolita” Ríos
El doctor Pablo Dillolo, abogado de Francisco Ríos, rebatió a la Fiscalía destacando que hubo “una tergiversación de los hechos”, al tiempo que adhirió al hecho absolutorio de Fabián Terra y Hugo Jerez.
En tanto cuestionó el tratamiento de la “plataforma fáctica” que es la forma en que sucedieron los hechos, y agregó “también me llamó la atención la reconstrucción parcial del hecho por parte del Ministerio Público Fiscal”.
Resaltó que “hubo una suerte de tergiversación de los dichos de algunos de los testigos. Evidentemente no dijeron lo que el Ministerio Público dijo sino que dijeron absolutamente otra cosa y a esto lo sustento en la video filmación”, cuya cámara grava durante el desarrollo del juicio.
Dillolo, manifestó que ninguno de los testigos presentados por la Fiscalía fueron testigos presenciales del momento en que Gutiérrez fuera lesionado.
A su vez el abogado defensor señaló que durante la investigación judicial, “el dolo no quedó acreditado porque (Ríos) lo cortó una sola vez y no fue una herida de alto riesgo”.
El dolo es la voluntad deliberada de cometer un delito a sabiendas de su ilicitud, lo que de probarse agrava la pena en cualquier intento de homicidio.
Al finalizar el alegato, Dillolo, recordó que Ríos no tiene antecedentes penales y pidió que se le otorgue la pena mínima, en carácter condicional.
El Tribunal dará a conocer la sentencia el lunes 20 de octubre.
Este contenido no está abierto a comentarios