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La Justicia laboral local reflexionó unas propuestas para luego del receso sanitario extraordinario
Jueces y funcionarios de la Justicia Laboral de Gualeguaychú remitió a EL ARGENTINO un documento en el cual realiza una serie de propuestas para el levantamiento gradual del distanciamiento social, preventivo y obligatorio que dispuso el Poder Ejecutivo Nacional a través del Decreto de Necesidad y Urgencia 297/20.
El documento lleva la firma de Adrián Welp. Martín Romero, Javier Frosch, Eduardo Ferreyra, Edgardo Stettler, Agustín Weimberg, Joaquín Venturino, Efrain Martínez y Agustín Dellazuana.
“Deseamos hacer llegar a los colegas de las distintas instancias y fueros nuestras reflexiones sobre el trámite judicial a cumplirse una vez levantada la cuarentena obligatoria dispuesta por el Estado Nacional, adaptándonos a lo que será un seguro contexto de regreso gradual a las actividades generales. Pero regreso, porque no es sostenible ´seguir encerrados´, máxime en un país devastado desde hace décadas y que no tiene la fuerza económica para hacerlo”, introduce el documento.
“Claro está que esto es solo a modo de aporte, las condiciones sanitarias a verificarse en los próximos días impondrán a las máximas autoridades judiciales el camino a seguir. La realidad es muy dinámica y puede serlo aún más”, reconocen los jueces del fuero Laboral.
También reconocen que la cuarentena ha desactivado los servicios de Justicia en todo el país. “La situación de parálisis judicial casi total se prevé que se extienda todo lo que dure la cuarentena, y si no se comienzan a implementar soluciones de inmediato, posiblemente mucho más. La actuación tradicional de los tribunales atrae mucho tránsito e interacción de personas y de papeles y es alto el porcentaje de jueces y funcionarios (y abogados) mayores de 60 años, por lo que podría ser considerada como una actividad riesgosa y expuesta al contagio, cuyo reinicio se demore”, explica un documento presentado por expertos al presidente Alberto Fernández, aportaron los jueces.
“Muchos colegas están pensando en esta coyuntura, plasmando su generoso esfuerzo en opiniones que nos han alcanzado y hemos leído detenidamente. Nos referimos a las ´Alternativas para incrementar la actividad judicial en Entre Ríos en el contexto de la emergencia sanitaria por COVID-19´, de las colegas del Fuero Civil y Comercial, Dras. Ana Clara Pauletti y Valentina Ramírez Amable; y a la propuesta de ´Modificación extraordinaria de normas orgánicas del Poder Judicial y normas procesales con motivo del trámite de emergencia´, del Juez en lo Civil y Comercial Nº 2 de esta ciudad, Dr. Marcelo Arnolfi. También sabemos que el Superior Tribunal de Justicia estudia las alternativas para la reapertura gradual del servicio”, resaltaron.
“Primero, debemos decir que creemos, tal vez optimistamente, que debemos prever alternativas para los próximos dos o tres meses. Es decir, a tenor de la información pública disponible, es de pensar que en ese lapso de tiempo la crisis sanitaria se irá sorteando o se sorteará, más allá de los cambios estructurales que se pronostican a futuro. Por ello, no somos partícipes de modificaciones en las normas procesales, creemos que eso puede generar inequidades, diferencias, abusos, planteos de inconstitucionalidad y afectar derechos, por el cambio de reglas de juego solo para un corto período. Creemos que a lo que se debe apuntar es básicamente a: a) garantizar la salud de los justiciables e integrantes del poder judicial y b) flexibilizar requisitos o recaudos en el procedimiento, potenciando los mecanismos de los que ya disponemos, para impedir una paralización del servicio”, proponen.
“A diferencia de otros fueros cuyos asuntos no admiten dilaciones (Penal y de Familia, por ejemplo), el nuestro puede permitirse un manejo más mesurado de la crisis. Ello no implica desconocer el carácter alimentario de los créditos, solo anteponer –por un corto lapso, esperemos- la salud pública a la celeridad y sin perjuicio de dejar expedito el sistema para asuntos que no puedan esperar (cautelares, juicios de accidentes o enfermedades profesionales, medidas urgentes, etcétera)”, admitieron.
“Pero, ante la gravísima agudización de la crisis económica que se esconde atrás de la pandemia, una prórroga en los reclamos económicos –que no alcance trámites donde está la salud en juego, reiteramos- no aparece como un escenario descartable”, insistieron.
En el documento, los magistrados advirtieron: “Intentemos no formar parte de los números malos de esa estadística. Cuidémonos mucho y cuidemos a todos los que tenemos cerca. Si todos lo hacemos reducimos los riesgos sociales. Es momento de pensar en sociedad y no en forma individual. Cuantos más seamos los que pensemos así, más rápido saldremos. De nada me sirve salvarme solo si después no tengo quien me provea entre otras: comida, transporte, salud, etcétera” (“El día después del día después”, por Claudio Zuchovicki, en La Nación, del 5 de abril de 2020).
Propuestas
A continuación, la propuesta de los jueces laborales.
* Proponemos que los juzgados del trabajo reprogramen todas las audiencias de vista de la causa y prórroga en las que deban declarar testigos, de aquí a dos meses. Ello porque consideramos que no están dadas las condiciones sanitarias para su celebración. Salvo que estén disponibles y sean efectivos, medios alternativos para que el acto cumpla su función, sin el riesgo sanitario que se quiere evitar. Como resalta el colega Arnolfi, hasta ahora el modo conocido de resguardarse “…es tratar en los posible que exista nula o prácticamente nula interacción con otras personas”. Los colegas del fuero que se han desempeñado y se desempeñan en la feria por receso sanitario dan cuenta de las dificultades para mantener el aislamiento y coordinar la actividad de desinfección de los lugares de trabajo, siempre apuntando a la efectividad de las medidas protectorias y no tirar por la borda el esfuerzo que se viene haciendo. Más aun cuando se mantienen dudas sobre algunos aspectos científicos del virus, su contagio y su neutralización. Creemos que solo se podría volver a las actividades normales cuando documentos técnicos de las autoridades de salud indiquen que ello no agrave el riesgo de diseminación del virus, debemos honrar el principio de prevención aplicable al derecho a la salud, toda decisión debe tener respaldo en la certeza de no riesgo.
* Podría admitirse, sí las partes están de acuerdo (la simple objeción de una de ellas, fundada en prevención de riesgo sanitario, hará reprogramar la audiencia) y el Juez considera que dispone de condiciones edilicias para tomar el acto sin riesgo sanitario y que le permita tomar las medidas de prevención recomendadas por Salud Pública, podrá celebrarse la audiencia de conciliación. O Incluso tomarla en forma de video llamada, o articulando las posiciones de las partes a través de mensajes de audio o de texto. Esto conforme la tecnología que se disponga en cada jurisdicción.
* Creemos que deben reconocérseles a los jueces facultades especiales para disponer medidas que consideren de protección sanitaria para el personal y las partes: nadie conoce mejor su realidad que uno mismo, y los juzgados y las jurisdicciones presentan muchas asimetrías.
* No creemos necesario en nuestro fuero, al menos en nuestra jurisdicción, suspender los plazos procesales (o al menos no por un lapso que supere una semana). Sí establecer que todas las presentaciones serán electrónicas a través de los mails oficiales con los que cuenta cada organismo (incluso las demandas), que el sistema de control del expediente será a través de la mesa virtual, y que los Juzgados establezcan sistemas ágiles y creativos para mantener a las partes informadas, acudiendo a los medios de comunicación actuales más comunes (mail, teléfono, WhatsApp). Ello deberá ser coordinado por el Secretario y contar con el asesoramiento constante de los responsables de informática.
* Es importantísimo arbitrar con el Nuevo Banco de Entre Ríos SA un sistema de cobro ágil de los créditos laborales y sin necesidad de que la persona deba acudir a los juzgados a retirar el cheque papel. Tal vez la apertura de una cuenta en el Banco, vía mail por el Juzgado o incluso la propia parte, donde se pueda depositar directamente y que el trabajador cobre directamente, habilitando alternativas de la Banca electrónica (sabemos que es difícil, la mayoría de los actores no tiene acceso a nada de eso). O activar otros mecanismos sustitutos, siempre y cuando garanticen la protección al cobro de créditos que prevé la ley para los trabajadores (evitando que la crisis sea oportunidad para fraudes contra el sujeto desigual de la relación). En este tema, que el BERSA ponga en funcionamiento la mejor y más eficaz versión posible, han hecho hincapié y subrayado su trascendencia todos los colegas consultados.
* Coincidimos con la necesidad de reducción de trabajo presencial, deberán disponerse medidas (creemos que ello deberá ponerse a cargo de cada responsable de organismo), para organizar trabajo en el domicilio, distribuir turnos de trabajo a la tarde y a la mañana, y cualquier otra medida que aparezca idónea a ese fin. Como la suspensión de audiencias restará ese tiempo, deberá exigirse a los magistrados que en este lapso se pongan al día y adelanten sentencias, depuren despacho, reorganicen el organismo, dispongan tareas de archivo, etc. a los fines de que la suspensión sea de utilidad en otros campos y coadyuve a acelerar los plazos, o no profundizar la demora, una vez finalizada la crisis sanitaria.
* Incluso proponemos la reducción horaria de atención y carga de trabajo personal de los organismos, puesto que -finalizada la emergencia- deberán tomarse muchas audiencias, incluso a doble turno, sería una forma de compensar el esfuerzo. Más allá de las atribuciones legales de citar al personal en dos horas vespertinas. Cedamos tiempo para la protección, teniendo claro que no son vacaciones, después habrá que ponerse a tono con la hora. El lema debe ser “A problemas extraordinarios, esfuerzos extraordinarios”.
* La Sala del Trabajo de la Cámara de Apelaciones local, puede perfectamente organizar el trabajo de los vocales en forma no presencial, manteniendo acuerdos vía videoconferencia, u otros mecanismos de interacción digital). De hecho, también por el tipo de trabajo de los tribunales de alzada, eminentemente técnico, disponer el trabajo domiciliario de parte de su personal. Fijándose condiciones prácticas y seguras para la firma de las sentencias (incluso habilitar la firma digital) y la circulación de expedientes. Para esta modalidad de trabajo se impone garantizar el acceso a inveniet.
* Poner en marcha rápidamente el acceso a “Inveniet” y la posibilidad de la firma Digital son cuestiones remarcadas al unísono por los colegas.
* Tomamos y coincidimos con la propuesta de Ana Clara Pauletti y Valentina Ramírez Amable: “Medidas sanitarias para la manipulación de escritos y demás documentos judiciales presentados: Deberá darse intervención al departamento médico forense a fin éste formule un protocolo sanitario aplicable a la presentación de escritos, documentos, contestaciones de informes que se efectúen en forma física, como para su posterior manipulación dentro de las unidades de servicios mínimos que trabajen en el tribunal en este periodo. Eventualmente puede destinarse y capacitarse personal especial para esa tarea en donde sea factible. De esa manera y bajo consejo técnico, si papeles, escritos, informes etc. no pudieran ser previamente sometidos a idónea desinfección preventiva al momento de su presentación (cuestión sometida a la consulta profesional), deberían tenerse en cuenta los tiempos de vida del virus para la reserva en condiciones de seguridad, antes de circular entre empleados y funcionarios que manipulen los mismos. Tal procedimiento debe incluir previsión en relación a cargos y plazos judiciales”.
* En este asunto de las medidas de higiene cabe hacer un apunte especial al trabajo de los ordenanzas del Poder Judicial. En todo el mundo los que trabajan en higiene son un grupo esencial para la lucha contra el coronavirus (y también contra el más autóctono dengue). De hecho, los trabajadores ocupados de tareas de limpieza son algunos de los exceptuados de no concurrir a prestar servicios (lo que, sorprendentemente, no ocurrió en el poder judicial de Gualeguaychú durante este receso sanitario, según nos cuentan los colegas que trabajaron en estos días). Es necesario que los ordenanzas sean capacitados por salud pública y/o el cuerpo médico forense a los fines de desinfectar como corresponde los lugares públicos y tomar las medidas necesarias para la sanidad en los puestos de trabajo. Para ello deberá asignárseles todos los elementos necesarios para la propia seguridad y protección (además de la capacitación en distintos aspectos de la higiene de lugares y objetos, los insumos apropiados). También deberá instruirse a las superintendencias de cada jurisdicción para que sean estrictos en exigir la limpieza extrema de los edificios de tribunales, que muchas veces dejan mucho que desear.
* Sería importante también estudiar ciertas ideas y recursos, algunos que ya están en marcha, otros que pueden ser perfectamente aprovechables: presentación de demandas - formulario (con sistema pre carga), requerir y evacuar la prueba informativa vía electrónica, gestionar usuarios para el poder judicial para acceder directamente a las bases de datos de organismos públicos y así contar con la información en tiempo real y obviar los papeles.
* Creemos que esta crisis nos ha sorprendido con armas para sortear muchos de sus efectos, en Entre Ríos ya están rodando algunos sistemas de modernización, nos referimos en especial a la potenciación de la electrónica aplicada al proceso. Esta área de trabajo del poder judicial deberá potenciarse y es la gran protagonista de la hora.
“Aquí va nuestro aporte al diálogo, herramienta fundamental de una sociedad, que implica realmente escuchar al otro (parece una tontería, pero todo el tiempo advertimos que en realidad hay poco diálogo sincero). La cuarentena nos da tiempo para meditar. Aprovechemos”, finaliza el documento.