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Trata de una menor: techo y comida a cambio de ser “novia” de un hombre
Fueron procesados los dos acusados de enviar desde Corrientes a Concordia a una chica de 15 años para su explotación sexual.
“Tenía que hacer de novia”, declaró la chica de 15 años que convivió cinco días con un hombre 21 años mayor que ella en la ciudad de Concordia. En su situación de vulnerabilidad extrema en todos los sentidos, vio una forma de supervivencia en la propuesta de un vecino en su pueblo de la provincia de Corrientes, quien la ofreció a su amigo concordiense. La adolescente fue enviada en un colectivo, con DNI ajeno, hacia Entre Ríos, donde el hombre le dio un lugar para vivir, pero también dormían en la misma habitación. En este caso, la Justicia busca demostrar que la trata de persona no es solo comercial: la explotación sexual se consuma “con un fin claro de carácter personal, el cual se encontraba constituido por el acceso sexual a la víctima”, donde se aprovecharon de la pobreza extrema de una chica huérfana “a cambio de techo y comida”, sostuvo el procesamiento a los dos hombres, según consignó el diario Uno de Paraná.
El juez federal de Concepción del Uruguay, Pablo Seró, procesó a Carlos Benítez (36 años, de la localidad correntina de Concepción) y a Hugo Ramírez (tractorista de 36 años, de Estación Yuquerí, Concordia) por el delito de trata de persona agravado, y les dictó la prisión preventiva.
La defensa de ambos, a cargo de Rafael Briceño, presentó la apelación, ya que considera que no existe en los hechos investigados tal delito: entiende que el concordiense recibió a la joven sin saber que era menor y le iba a conseguir trabajo, y que la conoció a través del correntino, quien junto a su esposa le habían dado alojamiento en su casa y encontró esa forma de ayudarla.
El caso fue conocido públicamente cuando la Policía Federal informó, el 1° de noviembre, del rescate de la menor durante un control vehicular en la autovía nacional Gervasio Artigas (Ruta Nacional N° 14), en Chajarí, donde advirtieron que la nena era trasladada por dos hombres en un remís, a quienes les habían pagado 9.500 pesos para regresarla desde Concordia hacia la localidad correntina de Concepción.
Unas horas antes, Ramírez había recibido un llamado de la Policía correntina porque los hermanos de la menor la estaban buscando, entonces, para evitar problemas, la envió de regreso. Cuando la víctima declaró, se supo cómo y para qué había sido llevada a vivir en la casa de Concordia, ubicada frente a la comisaría de Yuquerí.
Versiones
A Ramírez le imputaron “el haber acogido a la menor de 15 años en su domicilio particular (…) y haberla accedido sexualmente, aprovechándose de la situación de vulnerabilidad y minoría de edad de la víctima”.
A Benítez se le atribuyó “el haber ofrecido a una menor con fines de explotación sexual para luego trasladarla desde la ciudad de Concepción, provincia de Corrientes, hasta Concordia, Entre Ríos”.
Ambos se defendieron en la indagatoria. Ramírez afirmó que la menor lo contactó por teléfono unas semanas antes, le dijo que tenía 19 años, acordaron que viviera en su casa y que le conseguiría trabajo en la cosecha de arándanos. Afirmó que tenían relación de amigos, que vivían en la casa con sus dos hijos y cuando supo que era menor la envió de regreso en un remís.
Benítez relató que la chica vivía al lado de su casa con un novio, quedó en la calle, la encontró llorando y la llevó a su vivienda, donde estuvo unos 20 días. La contactó por teléfono con su amigo Ramírez porque la chica le decía que quería alguien que se hiciera cargo de su vida, y luego la acompañó en el viaje hacia Concordia.
Dos hermanos de la víctima declararon que ella se fue sin avisar y que en el pueblo muchos comentaban que un tal Carlitos la había vendido, por lo que fueron a la comisaría a averiguar. Ambos contaron que la madre falleció y el padre es desconocido, y expresaron que si la chica quería estar con Ramírez no se oponían, ya que ellos no querían hacerse cargo por su mal comportamiento.
“Hubo abuso sexual”
Una psicóloga del Equipo de Rescate y Acompañamiento a la Víctima del Delito de Trata entrevistó a la menor e informó que “la adolescente refirió que su función era ser la novia de Hugo, manteniendo relaciones sexuales con el mismo, durmiendo en la misma habitación. En ningún momento demostró algún tipo de sentimiento o expresión afectiva alguna”.
“Observamos indicadores de extrema vulnerabilidad, por ausencia de referencias y red familiar continente capaz de brindarle contención familiar y emocional. Asimismo, la joven no se encuentra escolarizada, sin documento de identidad, sin cobrar la asignación universal que le corresponde, situación de extrema pobreza y finalmente por la etapa vital que se encuentra atravesando (adolescencia), que sabemos que está signada por la búsqueda de referentes, identidad, etcétera”, describió.
Acerca del consentimiento de la menor en esta situación, la psicóloga sostuvo que “la joven manifestó estar de acuerdo en trasladarse y a oficiar de novia de Hugo”.
Además, refirió que no se pudo establecer si hubo explotación sexual y/o laboral por el poco tiempo que estuvo en la casa, “pero sí que hubo abuso sexual, teniendo en cuenta la relación asimétrica, la situación económica de la víctima, los recursos simbólicos que tenía la etapa vital, la situación de necesidades básicas insatisfechas, la ausencia de referentes y escolaridad”, afirmó la licenciada.
“Unión de hecho” forzada
El juez Seró sostuvo que “de dicha situación de vulnerabilidad se aprovecharon Ramírez y Benítez, quienes dispusieron libremente de los destinos de la víctima, trasladándola de una provincia a la otra, acogiéndola en un lugar lejano a su domicilio y a su familia, y explotándola sexualmente”.
Se encuentra verificado que ambos “cuando se vieron en aprietes por haber tomado conocimiento la Policía de Corrientes del traslado y acogimiento de la menor, intentaron trasladarla desde Concordia a Concepción de Corrientes, a través de un remís”, refirió.
Además, citó de la Ley de Trata que “el consentimiento dado por la víctima de la trata y explotación de personas no constituirá en ningún caso causal de eximición de responsabilidad penal, civil o administrativa de los autores, partícipes, cooperadores o instigadores”.
El juez remarcó que, aunque no hubo un sometimiento a la prostitución de la menor, la situación de “hacer de novia” está encuadrada en el delito en otra forma de explotación prevista por la Ley Nº 26.842: “Cuando se forzare a una persona al matrimonio o a cualquier tipo de unión de hecho”.
La discusión seguirá en la Cámara Federal de Apelaciones de Paraná, donde el defensor buscará que contemplen sus argumentos sobre una situación que considera lejos del delito de trata de personas.