Sólo veinte personas componen el registro de deudores alimentarios
El registro de deudores alimentarios es un mecanismo aprobado por la Ley Nº 9.424 que tiene por objetivo registrar a todas aquellas personas que la ley considere como deudoras. En la provincia hay sólo veinte personas inscriptas. Se estima que la poca cantidad de inscriptos se debe a la escasez de denuncias judiciales, a la burocracia de los trámites o al desconocimiento sobre la existencia de este mecanismo.
Una pequeña oficina dentro de la Dirección de Asistencia de las Víctimas del Delito de la provincia de Entre Ríos, ubicada en Corrientes 526 de Paraná, da lugar a lo que se conoce como Registro de Deudores Alimentarios.
Así se define a quienes adeuden más de tres cuotas alimentarias consecutivas o más de cinco cuotas alternadas, estas últimas en el período de un año, a contar desde la determinación de la obligación, sean alimentos provisorios o definitivos, dispuestos judicialmente o acordados ante la Defensoría de Pobres y Menores y/o Juzgados de Paz, siempre y cuando estos acuerdos se encuentren debidamente homologados por juez competente.
Quien esté en el registro no tendrá impedimentos para realizar ningún trámite. En otras provincias antes de ingresar a un trabajo se pide certificación de libre deuda, o antes de sacar el registro de conducir; aquí no es requisito. Hasta ahora sirvió sólo para los candidatos.
El artículo 7 de la ley establece que los partidos políticos, para oficializar las candidaturas, deberán acompañar, además de los requisitos pertinentes, la certificación de no estar incluidos en el registro, respecto de todos los postulantes a cargos provinciales o municipales. Tal certificación es requisito para su habilitación como candidato. ?En octubre, antes de presentar candidaturas, tuvieron que presentar un certificado de libre deuda?, contó Mariela Acosta, coordinadora del registro.
Fuente: APF Digital
Este contenido no está abierto a comentarios