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Diario El Argentinoviernes 26 de abril de 2024
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La justicia multa de nuevo a Telecom por no abrir la oficina comercial en la ciudad

La justicia multa de nuevo a Telecom por no abrir la oficina comercial en la ciudad

 El 5 de septiembre el juez en lo Civil y Comercial Nº 2 Dr. Marcelo Arnolfi, elevó las multa conminatoria que debe abonar la empresa Telecom Argentina SA por no dar cumplimiento a la medida cautelar oportunamente dictada por 200 mil pesos diarios de demora.


 Sin embargo, es necesario aclarar que Telecom además de no abrir la oficina personalizada de atención al cliente, tampoco paga las multas que fija la Justicia. Se trata, en todo caso, de un acto por demás testimonial que práctico, dado que hasta el momento la empresa hace en la ciudad lo que quiere.
Cabe recordar que la demanda contra Telecom la inició el año pasado el intendente Juan José Bahillo con el acompañamiento de los abogados Jaime Martínez Garbino y Agustín Weimberg.
“Siempre resaltamos la importancia de esta acción, esta es una causa que será histórica para nuestra ciudad y para las otras 241 localidades del resto del país en donde las empresas telefónicas cerraron sus oficinas comerciales, porque será precedente que les permitirá a todos tomar el mismo camino”, destacó Bahillo.
“Esta decisión del juez que entiende en la causa es un paso importante para que la empresa tome en serio la demanda de Gualeguaychú, habla de la valentía y seriedad de la justicia de nuestra provincia, y un mensaje claro hacia la empresa, de que no es aconsejable no cumplir con una orden judicial”, sostuvo el intendente. Pero hay que insistir que hasta el momento es una orden testimonial, dado que la firma tampoco paga las multas y no se sabe si alguna vez lo hará.

La resolución judicial

Entre los argumentos vertidos por el juez Marcelo Arnolfi para elevar las multas, se menciona que “es cierto también que en términos objetivos tampoco le ha causado ningún efecto el hecho que se establecieran astreintes (multas) que evidentemente son insuficientes para que procure abrir una oficina que satisfaga provisionalmente las necesidades de una población que es muy superior a la que parece estimar de acuerdo a su propuesta. La aplicación de medidas conminatorias es si se quiere el primer camino que tiene el Juzgado para hacer cumplir la medida. La aplicación es una facultad del Juzgado que fue correctamente aplicada dado el incumplimiento del que se ha expuesto precedentemente. Su imposición y su incremento fueron correctos. Han pasado seis meses en los que no existe abierta oficina alguna, ni grande ni pequeña, ni con pocos, ni con muchos empleados. No se ha cumplido con una resolución judicial. La accionada a puesto más empeño en interponer recursos judiciales que en cumplimentar la medida”.
El juez agregó también que Telecom se “refugió en una serie de recursos, todos ellos y hasta aquí improcedentes, ha causado un sólo efecto que es dable reiterar: a seis meses que se le ordenara abrir una oficina, la misma brilla por su ausencia”.

La supuesta oficina

El martes 23 de septiembre, la empresa Telecom Argentina publicó en el diario El Día, una solicitada que indicaba: “Se encuentra en funcionamiento su oficina de atención al cliente en la ciudad de Gualeguaychú, ubicada en calle 25 de Mayo 1101, esquina Ayacucho. El horario de atención es de lunes a viernes de 8:30 a 13”.
Ante esta situación, inspectores de Inspección General de la Municipalidad, a solicitud de Defensa del Consumidor, constataron que en el local indicado en la solicitada, funciona un comercio que tiene como actividad principal la venta de telefonía celular, y que en el mismo se habían incorporado dos escritorios con cuatro sillas, una computadora y un empleado que se identificó de la empresa Telecom Argentina SA.
Dicho anexo de actividades se realizó sin comunicación alguna al juzgado interviniente, cuestión fundamental, pues es éste quien debe decidir si el tamaño, funcionamiento y recursos afectos resultan suficientes para cumplir con la orden impartida. Asimismo, y sumando otra irregularidad, la puesta en marcha de la misma se hizo sin solicitar la correspondiente y necesaria habilitación de la Municipalidad, como debe efectuar cualquier empresa o comercio que realice actividades comerciales dentro del ejido.
“Es evidente que la intempestiva apertura de lo que la empresa denomina “oficina de atención al cliente” en una reacción de la Telecom al aumento de las astreintes (multas) que estableció el juez Arnolfi, pero no deja de ser una falta de respeto para el Juzgado ni para la comunidad de Gualeguaychú, ya que es la mitad de la propuesta formulada en febrero y que ya fue rechazada por insuficiente”, consideró Bahillo.
En efecto, luego que el Juzgado dictara la medida cautelar, la empresa hizo una propuesta de la apertura de una oficina como anexo a un locutorio y kiosco, y la afectación de dos recursos humanos. En dicho local quedaban solo 26 metros cuadrados (para todas las actividades) lo que hizo que dicha propuesta fueron rechazada por el juez y la aplicación de una multa diaria de cinco mil pesos desde marzo que fue incrementándose hasta llegar a los nueve mil pesos en septiembre, pero que nunca pagó la empresa.
“Ahora bien, cuando el juez, luego de seis meses de incumplir la orden de abrir una oficina comercial, aumenta la multa diaria a 200 mil pesos, la empresa adopta esta conducta de abrir una oficina, también dentro de otro comercio, en menos de la mitad de la superficie, 11,55 metros cuadrados (3,30 por 3,50 metros, según la constatación de Inspección General) y la asignación de una sola persona para 18 mil usuarios, esto no se puede calificar de otra manera que nos quieren tomar el pelo o se están burlando de toda la comunidad”, sostuvo por su parte el director de Defensa al Consumidor, Pablo Luciano.
 

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