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Diario El Argentinoviernes 26 de abril de 2024
Policiales

Ordenan profundizar la investigación de la banda de supuestos narcopolicías

Ordenan profundizar la investigación de la banda de supuestos narcopolicías

Confirmaron procesamientos. Seis de los 14 imputados por conformar una asociación ilícita con el objetivo de traficar drogas seguirán detenidos con prisión preventiva.


Si hoy se hiciera el juicio contra los 14 procesados de integrar una banda narco que contaba con protección policial en la provincia, todos saldrían absueltos.
Aunque las pruebas reunidas en la investigación hasta ahora son suficientes para que los acusados sigan procesados y seis de ellos con prisión preventiva, según lo que resolvió la Cámara Federal de Apelaciones de Paraná.
El mes pasado los defensores atacaron la decisión del juez federal de Concepción del Uruguay, Pablo Seró, pero los camaristas Cintia Gómez, Daniel Alonso y Mateo Busaniche coincidieron en que “la prueba colectada permite inferir la existencia de la empresa criminal, con estructura jerárquica, con vínculos estables y medios idóneos, y ello es acreditado con las desgrabaciones de escuchas telefónicas que resultan indicativas de los roles y relaciones entre los involucrados y de los propósitos que se proyectaban”. De todos modos, consideraron la “necesidad de profundizar la pesquisa”.

El origen y las escuchas

La causa que se transformó en escándalo en el mes de mayo, comenzó un año y medio antes, cuando se investigaba la presunta vinculación del hombre de Concepción del Uruguay Javier Caire con Carlos Antonio Callero, procesado por un contrabando de estupefacientes en la ciudad de Colón.
La Delegación Toxicología de la Jefatura de Colón de la Policía de Entre Ríos, junto a personal de la Prefectura Naval Argentina, comenzaron seguimientos y vigilancias, informes, fotografías, filmaciones y, fundamentalmente, escuchas e intervenciones de líneas telefónicas.
De éstas surgió la posible existencia de una asociación o banda destinada al tráfico de drogas. Se ordenaron una veintena de allanamientos en Concordia, Concepción del Uruguay, Colón, San José, Paraná y Buenos Aires (en los que se secuestraron unos pocos gramos de droga en un par de viviendas), donde resultaron detenidas unas 18 personas.
El análisis de las pruebas (sobre todo de las escuchas) derivó en el procesamiento de 14 personas por el delito de Asociación ilícita, según su rol en la banda: Javier Caire y Mario González (que estaba prófugo por otra causa narco), como organizadores.
Cuatro integrantes de fuerzas de seguridad habrían otorgado protección e intercambiado información sensible para la subsistencia y el crecimiento de la banda: el entonces jefe de Operaciones de la Dirección Toxicología de la Policía entrerriana, Mario Núñez, el gendarme Carlos Francisco Acosta, y los integrantes de la Policía Federal José María Gómez y Sergio Andrés García. A estos se sumarían con roles secundarios pero claves Orlando Caire, Mirta Saavedra, Cristina Caram, Nicolás Stur, Isabel González, Rosana Tenis, Carlos Segovia y Néstor Neuvirth.

“Acuerdo de voluntades”

Los abogados defensores de los acusados habían pedido que se revoque el procesamiento, tanto por la falta de pruebas como por la figura de asociación ilícita que eligió el juez para calificar el delito.
El fiscal general Ricardo Álvarez, sostuvo que debía confirmar la resolución aunque hay que seguir investigando, porque la prueba colectada es escasa. Los camaristas sostuvieron en el fallo que “se advierte que los elementos cuya valoración llevaron al magistrado a tener por conformada la hipótesis de existencia de una asociación ilícita, encuentran resguardo en la actividad probatoria constituida a partir de las tareas investigativas previas, principalmente en las escuchas e intervenciones telefónicas y sus desgrabaciones, sumado a otros elementos producidos en la causa, como allanamientos y requisas, testimoniales y pericias”.
En este sentido explicaron que “la materialidad del delito de asociación ilícita consiste en tomar parte de una banda, ser miembro de la misma, pertenecer a ella. Esta pertenencia supone la existencia de una ‘asociación o banda’ constituida por un acuerdo de voluntades de sus distintos integrantes en orden a la consecución de los objetivos de la asociación. Pero no es necesario para la existencia el conocimiento o el trato directo de los distintos asociados, o un lugar común de reunión.
Este acuerdo y el posterior trato sobre las actividades a desarrollar por la asociación pueden lograrse por los más diversos medios de comunicación (telefónico, postal, por emisarios o delegados, por internet, etcétera) que no requieren directa vinculación física entre sus integrantes”.
 

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